
A través de una resolución, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) quedó exceptuado del tope establecido para el número de directivos públicos de confianza.
No obstante, si bien se reconoce la posibilidad que SERVIR pueda establecer excepciones, éstas serán debidamente justificadas a dicho tope mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva que deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano.
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Cabe recordar que según la propia Ley del Servicio Civil establece que sólo el 20% de los Directivos Público existentes en cada entidad pública puede ser ocupado por servidores de confianza.
Asimismo, la ley establece que el número de servidores de confianza en ningún caso es mayor al 5% del total de puestos previstos en la entidad pública, con un mínimo de 2 y un máximo de cincuenta 50 servidores de confianza, correspondiendo al titular de la entidad pública la determinación de la ubicación de dichos servidores.

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