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Trabajo remoto: ¿hasta cuándo amplió el Gobierno dicha modalidad?

La vigencia del trabajo remoto vencía este 31 de diciembre según el Decreto de Urgencia n.° 026-2020. No obstante, la posibilidad del inicio de una tercera ola de COVID-19 obligó su extensión.

También se prolongó las medidas establecidas para la compensación de horas en los casos de licencia con goce de remuneraciones: AFP
También se prolongó las medidas establecidas para la compensación de horas en los casos de licencia con goce de remuneraciones: AFP

El trabajo remoto surgió como una respuesta a la pandemia de la COVID-19 para que los empleados continúen prestando servicios desde sus domicilios o lugares de aislamiento social obligatorio. La vigencia de este vencía el 31 de diciembre y la continuidad de la medida era una incertidumbre; no obstante, este último jueves 30 de diciembre el Ejecutivo, en una publicación de las normas legales de El Peruano, dio una respuesta.

Mediante el Decreto de Urgencia n.º 115-2021, el Gobierno dispuso prorrogar la vigencia del trabajo remoto para el sector público y privado, aprobada en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19, hasta el 31 de diciembre del 2022. Con este dispositivo legal, se prórroga el Título II del Decreto de Urgencia n.º 026-2020, que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus en el territorio nacional.

El Ejecutivo justificó la ampliación de la modalidad de trabajo remoto, en vista de que el país actualmente se encuentra en el contexto de iniciar una tercera ola de COVID-19, debido a la aparición de nuevas variantes de este virus, como la ómicron.

“Ante la problemática económica derivada de la pandemia del COVID-19, las medidas aplicables al trabajo remoto constituyen regulaciones en materia económica y financiera, en tanto contribuyen a incrementar la productividad laboral y a reducir los riesgos para la preservación de la relación laboral y la sostenibilidad empresarial, coadyuvando a la reactivación de la economía nacional y al crecimiento del empleo”, refiere la norma publicada en El Peruano.

Además, se prolongó las medidas establecidas para la compensación de horas en los casos de licencia con goce de remuneraciones otorgada a los servidores civiles de las entidades públicas, que debido a la labor que realizan no aplican a la realización del trabajo a distancia.

Asimismo, la prerrogativa seguirá garantizando el derecho a la salud en general, los derechos laborales y de salud de los trabajadores del sector público y privado.

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