Ministerio de Educación implementa pago de deuda social a docentes, hasta S/30.000 ¿qué falta para entregarlo?
El Congreso de la República de Perú ha aprobado una modificación a la Ley 31495 para garantizar el pago de bonificaciones especiales a los docentes sin necesidad de sentencia judicial. Esta medida busca beneficiar a los docentes activos, cesantes y contratados, eliminando la complejidad de un proceso judicial para reclamar sus derechos.
El Congreso de la República de Perú ha aprobado una significativa modificación a la Ley 31495, con el fin de beneficiar a los docentes del país al asegurar el pago de bonificaciones especiales sin necesidad de sentencia judicial.
La normativa actual, en vigor desde mayo de 2024, establece que los docentes recibirán una bonificación especial por la preparación de clases y evaluación, así como una adicional por el desempeño del cargo y la preparación de documentos de gestión. Es importante tener en cuenta que esta norma debe ser aprobada previamente por el Poder Ejecutivo.
Docentes podrían ser claramente beneficiados por esta modificación. Foto: Andina
Para calcular el monto de estas bonificaciones, se toma como base la remuneración total del docente.
- La bonificación por preparación de clases y evaluación es del 30%.
- La bonificación adicional por desempeño del cargo y preparación de documentos de gestión asciende al 35%.
Estas bonificaciones se aplican tanto a docentes activos, cesantes como contratados, eliminando la necesidad de un proceso judicial para reclamar sus derechos.
La ley también especifica que el Ministerio de Educación, los gobiernos regionales y las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) deben expedir las resoluciones administrativas pertinentes para el pago de estas bonificaciones. Esta medida simplifica el proceso y asegura que todos los docentes que califiquen puedan recibir su compensación de manera efectiva.
Beneficios de la modificación de la Ley 31495 para los docentes
La modificación de la Ley 31495 tiene como objetivo principal garantizar que los docentes reciban las bonificaciones que les corresponden sin necesidad de acudir a los tribunales.
Esta iniciativa legislativa busca reconocer la importancia de la labor docente y asegurar que los beneficios se otorguen de manera justa y oportuna.
La ley original, que fue modificada por la Ley 25212, ya contemplaba estas bonificaciones, pero su aplicación se había visto obstaculizada por requisitos judiciales.
El artículo 5 de la ley modificada establece responsabilidades claras para los funcionarios públicos que no cumplan con lo dispuesto en la normativa.
Aquellos que no expidan las resoluciones administrativas necesarias incurrirán en responsabilidad administrativa, civil y penal. Esta disposición busca asegurar el cumplimiento de la ley y proteger los derechos de los docentes.
Congreso ya aprobó modificación, solo queda que la apruebe el ejecutivo. Foto: Congreso
Derogaciones y simplificación legal
Con esta modificación, se derogan varios artículos y disposiciones complementarias de la Ley 31495 para simplificar y clarificar el marco legal. Estas derogaciones incluyen los artículos 3, 4 y 6, así como varias disposiciones complementarias. El objetivo es eliminar obstáculos legales y asegurar que las bonificaciones puedan ser pagadas de manera efectiva.
¿Cuál es el sueldo mínimo que perciben los docentes en Perú?
El salario mensual de los docentes contratados por el Ministerio de Educación se ajusta según la jornada laboral establecida, es decir, depende de la cantidad de horas lectivas impartidas. Además, la remuneración varía según la escala magisterial del docente. La última actualización del salario correspondiente a la Primera Escala Magisterial fue publicada el 23 de noviembre de 2023 en el diario oficial El Peruano.
La Ley 31495 beneficia a los docentes del país. Foto: El Peruano
Educación Básica Regular (EBR):
- Inicial (30 horas semanales): S/3.100,50
- Primaria (30 horas semanales): S/3.100,50
- Secundaria (30 horas semanales): S/3.100,50
Educación Básica Especial (EBE):
- Inicial (30 horas semanales): S/3.100,50
- Primaria (30 horas semanales): S/3.100,50
Educación Básica Alternativa (EBA):
- Inicial/Intermedio (30 horas semanales): S/3.100,50
- Avanzado (30 horas semanales): S/3.100,50
Educación Técnico Productiva (ETP):
- Básico y Medio (30 horas semanales): S/3.100,50
Para los docentes nombrados, la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) aumenta de acuerdo a su escala magisterial:
Primera Escala:
- 30 horas: S/3.100
- 40 horas: S/4.134
Segunda Escala:
- 30 horas: S/3.410
- 40 horas: S/4.547
Tercera Escala:
- 30 horas: S/3.720
- 40 horas: S/4.960
Cuarta Escala:
- 30 horas: S/4.030
- 40 horas: S/5.734
Quinta Escala:
- 30 horas: S/4.650
- 40 horas: S/6.201
Sexta Escala:
- 30 horas: S/5.425
- 40 horas: S/7.234
Séptima Escala:
- 30 horas: S/5.890
- 40 horas: S/7.854
Octava Escala:
- 30 horas: S/6.511
- 40 horas: S/8.681
Sueldos por cargos directivos:
- Director de UGEL: S/4.000
- Director de gestión pedagógica: S/3.000
- Jefe de gestión pedagógica: S/2.500
- Especialista de educación: S/1.500
Docentes del Perú. Foto: Minedu
Pago de deuda social a docentes vía Minedu: esto se sabe sobre el monto de 30.000 soles por compensación laboral
El Ministerio de Educación (Minedu) ha implementado una iniciativa denominada 'Deuda Social' para reconocer y valorar el trabajo de los docentes peruanos. Y así un grupo de profesores podría recibir un monto de hasta S/30.000 por años de servicio y atrasos en sus remuneraciones.
Durante el mensaje a la nación, la presidenta Dina Boluarte aseveró que a finales de 2023 el Gobierno avanzó de manera significativa en la reducción de la deuda social de los maestros con un desembolso de 1.2000 millones de soles. En la siguiente nota descubrirá más sobre esta iniciativa.
¿Cómo será el pago de la deuda social?
Según indicaciones del Minedu, el pago de la deuda social se regirá por criterios de priorización específicos. Entre los grupos que recibirán mayor atención se encuentran las personas con enfermedades terminales, cuyas deudas podrán ser condonadas hasta un límite de S/30,000. También se dará prioridad a quienes padecen enfermedades avanzadas o discapacidades severas, así como a los mayores de 65 años con asignaciones específicas.
Es más, la normativa establece un procedimiento detallado, clasificando las obligaciones en cinco grupos distintos: laboral, previsional, víctimas de actos de defensa del Estado, otras deudas de carácter social y deudas no comprendidas en los grupos anteriores.
Las autoridades educativas están trabajando en la fijación de fechas para los pagos, con el objetivo de permitir a los beneficiarios planificar y recibir el monto correspondiente. La responsabilidad de realizar estos pagos recae en las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y en las Direcciones Regionales de Educación (DRE).
Es fundamental que los beneficiarios estén atentos a las comunicaciones de estas entidades, que se encargarán tanto de procesar los pagos como de proporcionar información actualizada y resolver posibles inquietudes.