El 29 de diciembre es FERIADO en una sola región: ¿qué se celebra y para quiénes aplica?
Un hecho histórico respalda la declaración de feriado de este día. Conoce qué se celebra y cómo se originó.
El 29 de diciembre representa un día feriado para la región La Libertad, debido a las celebraciones de la Independencia en la localidad, ya que, a diferencia de otras ciudades, Trujillo también celebra el día en que se dio el primer grito libertario.
Debido a este hecho histórico, autoridades decidieron declararlo como feriado. Si quieres conocer más detalles sobre este día libre a nivel regional y cómo se originó, en la siguiente nota te lo explicamos.
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¿Qué se celebra el 29 de diciembre en La Libertad?
Hace 203 años, en 1820, en la capital de la intendencia con el mismo nombre, José Bernardo de Tagle y Portocarrero proclamó el primer llamado a la libertad, un momento crucial para la lucha independentista en el Perú.
Con sus palabras afirmó que la ciudad era ahora libre por decisión unánime del pueblo. En el marco del bicentenario peruano, los restos del marqués de Torre Tagle y su esposa fueron sacados de un sepulcro común en el cementerio Presbítero Maestro de Lima y llevados a la Ciudad de la Eterna Primavera, donde recibieron homenajes y fueron colocados en una cripta de la catedral.
Según Constante Traverso, quien fue director de la Comisión del Bicentenario, señaló a La República que el grito de Trujillo quebró definitivamente los lazos administrativos y políticos con el virrey y la administración en Lima.
¿Para quiénes se aplica el feriado del 29 de diciembre?
Con motivo del centenario de la independencia de Trujillo, el presidente Augusto B. Leguía promulgó la Ley n.º 4185, en la cual se declara los días 29, 30 y 31 de diciembre como feriados para la región La Libertad.
Además, en el artículo 2, se indicó que todos los 29 de diciembre sean feriados para “perpetuar la proclamación de la independencia nacional realizada en Trujillo”. La ley fue rubricada por el otrora mandatario el 7 de diciembre de 1920.
¿Cuánto me deben pagar si trabajo un feriado?
Según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), si un trabajador labora el miércoles 1 de noviembre sin la posibilidad de tener una fecha de descanso sustitutorio, deberá recibir un triple pago que se configura de esta manera:
- La remuneración correspondiente al día feriado (incluida en el salario mensual).
- La remuneración por el trabajo realizado.
- Una sobretasa del 100% correspondiente a la labor efectuada.