Sociedad

Poder Judicial ordena al Reniec inscribir matrimonio de dos mujeres

Avance. Juez tuvo en cuenta informe defensorial y opinión de la Corte IDH. Peruana y argentina se casaron en 2019. La primera dice: “Deseo los mismos derechos que otras personas tienen”.

Sin derechos. El matrimonio entre personas del mismo sexo es permitido en la mayoría de países de la región. Solo el Perú no tiene normas en ese sentido. Foto: Difusión
Sin derechos. El matrimonio entre personas del mismo sexo es permitido en la mayoría de países de la región. Solo el Perú no tiene normas en ese sentido. Foto: Difusión

En una sentencia que busca avanzar hacia la igualdad, el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima ordenó al Reniec inscribir el acta de matrimonio de dos ciudadanas que se casaron en Argentina. La decisión del magistrado Juan Macedo Cuenca tuvo como base el informe defensorial n.° 175, sobre los derechos humanos de las personas LGTBI, y la opinión consultiva OC-24/17 de la Corte IDH, que habla de la identidad de género, igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo.

El matrimonio entre la peruana Mónica Coronado y la argentina Irina Nadia Picco se celebró en Rosario, Argentina, el 8 de marzo del 2019. Coronado, quien en Perú trabajó por los derechos de las personas LGTBIQ+, consultó con su esposa la posibilidad de pedir la inscripción de su unión en el consulado peruano, tras lo cual decidieron hacerlo. ‘‘Sí tenía muy claro que el camino no iba a ser fácil’’, cuenta a La República. Y, efectivamente, no lo fue.

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El Reniec denegó la solicitud en primera instancia administrativa y luego la oficina central de Lima ratificó esta decisión señalando que Coronado buscaba ampararse en una normativa externa. Ante ello, la demandante solicitó inaplicar en su caso el artículo 234 del Código Civil, que sostiene que el matrimonio es la unión voluntaria entre un varón y una mujer.

El juez recordó que el Código Civil data de 1984; es decir, una norma expedida antes de la Constitución de 1993. Sumado a ello, Percy Castillo, adjunto para los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, precisa que la Carta Magna está por encima del Código Civil y que también lo están los tratados internacionales sobre derecho y no discriminación.

Coronado, por su lado, piensa luchar por este derecho hasta el final: ‘‘Yo quisiera para mi país que, a través de este caso mío y de otras personas, finalmente se logre que toda la comunidad de personas LGTBI podamos acceder a lo que nos corresponde: vivir sin miedo (…) con los mismos derechos que cualquier otra persona que sea heterosexual tiene’’.

La procuraduría del Reniec, explica Castillo de la DP, no está en la obligación de apelar la sentencia, aunque en estos casos suele hacerlo. La decisión está en sus manos.

Otros casos

Óscar Ugarteche, así como Susel Paredes, son algunas personas que quisieron inscribir en el Reniec su matrimonio en el extranjero con parejas del mismo sexo. Ellos agotaron todas las vías legales en Perú luego de que el TC rechazara sus demandas.

La palabra

Percy Castillo, Defensoría del Pueblo

“No existen obligaciones del procurador (del Reniec) de apelar porque no se trata de una cuestión que afecte el orden jurídico nacional ni mucho menos el internacional”.

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