Sociedad

Toque de queda en Puno: Gobierno decreta 10 días más de medida restrictiva en la región

El Ejecutivo dispuso la inmovilización social obligatoria que regirá entre las 8.00 p. m. a 4.00 a. m. Además, del estado de emergencia en las regiones de Madre de Dios, Cusco, Puno, Apurímac, Arequipa, Moquegua y Tacna. La Policía Nacional con el apoyo del Ejército son las instituciones encargadas de hacer cumplir las medidas.

Durante el horario de toque de queda, ninguna persona puede transitar libremente por las calles. Foto: composición de gerson Cardoso/Grupo La República/José Sotomayor.
Durante el horario de toque de queda, ninguna persona puede transitar libremente por las calles. Foto: composición de gerson Cardoso/Grupo La República/José Sotomayor.

El Gobierno decretó 10 días más de inmovilización social obligatoria (también conocida como toque de queda) para la población de Puno. La medida restrictiva se alarga durante un contexto social de crisis para la región que carga la muerte de 21 ciudadanos. La Policía Nacional con el apoyo del Ejército son las instituciones encargadas de hacer cumplir la medida.

A través de un decreto supremo publicado en las normas legales del diario El Peruano, el Ejecutivo establece que el toque de queda regirá de 8.00 p. m. a 4.00 a. m. La aplicación de la misma inició el 5 de febrero y será por 10 días calendario; es decir, hasta el 15 del mismo mes.

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Durante este horario, la población solo podrá circular para la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.  

Asimismo, en dicho horario se exceptúa al personal necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, abastecimiento de alimentos y productos farmacéuticos, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, agricultura, pesca y acuicultura, vigilancia y seguridad, delivery, restaurantes y hoteles, asistencia, servicios financieros, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención.

Es importante destacar que se mantienen operativos los servicios prestados por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para la atención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, y para la protección frente al riesgo, desprotección o abandono de las poblaciones vulnerables.

Por otro lado, el personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria, siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.

Finalmente, está permitido el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.

Estado de emergencia

De otro lado, el Gobierno decretó el estado de emergencia en las regiones de Madre de Dios, Cusco, Puno, Apurímac, Arequipa, Moquegua y Tacna.

La vigencia será por 60 días calendario. La disposición refiere que durante ese tiempo quedan suspendidos los derechos constitucionales de la inviolabilidad de domicilio y las libertades de tránsito por el territorio nacional, reunión, libertad y seguridad personales.

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