Política

Congreso restituye la detención preliminar, pero viene con trampa

La autógrafa está en el despacho de la presidenta Dina Boluarte para su promulgación y difusión. La fiscalía tendrá que presentar indicios del delito y de peligro de fuga u obstaculización para obtener la detención preliminar.

Congreso restituye la detención preliminar. Solo falta que la presidenta promulgue la nueva Ley. Foto: difusión
Congreso restituye la detención preliminar. Solo falta que la presidenta promulgue la nueva Ley. Foto: difusión


El Congreso de la República remitió al despacho de la presidenta Dina Boluarte la autógrafa de la ley que restablece la prisión preliminar para casos de no flagrancia, con el objetivo de que se proceda a su promulgación y difusión en el diario oficial, para cumplimiento público.

Sin embargo, el nuevo texto del restituido inciso a) del artículo 261 del Código Procesal Penal tiene una ligera modificación que será sustancial al momento de solicitar y obtener una detención preliminar. Ya no será tan fácil para los fiscales, mientras que los investigados tendrán más fácil impugnarla.

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El texto original de la norma decía que, a pedido del fiscal, el juez puede dictar una detención preliminar judicial cuando existan razones plausibles de que se ha cometido un delito y, que por las circunstancias del caso, se pueda desprender cierta posibilidad de fuga  u obstaculización de la averiguación de la verdad.

Antes de la ley 32181, era suficiente que el fiscal presente indicios de la existencia, por ejemplo,  de una organización criminal que como es lógico suponer había que neutralizar para, por su propia naturaleza sea válido sospechar de una posibilidad de fuga o de perturbación de las acciones del fiscal.

La presidenta Dina Boluarte debe promulgar la nueva ley de inmediato

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Indicios razonables y verificables

Los requisitos para una privación de libertad por hasta un máximo 15 días eran mínimos y, por tanto, se suponía que cualquier error o exceso judicial se podía corregir de inmediato.

Esto cambiará totalmente. Los fiscales tendrán que presentar evidencias concretas y los jueces tendrán que evaluar la existencia de indicios razonables, ya no la sola sospecha, para autorizar una privación de libertad.

El nuevo texto dice que, en casos de no flagrancia, el fiscal debe presentar elementos razonables de la existencia de una organización criminal que está cometiendo delitos con pena superior a cuatro años.

Ya no será suficiente decir que se ha descubierto una organización criminal y enumerar sus delitos, sino que debe haber un mínimo de actividad probatoria, razonablemente verificada.

Luego, deberá presentar indicios razonables de que los investigados sospechan que han sido descubiertos y están preparando su fuga o que vienen realizado actos destinados a perturbar la averiguación de la verdad.

Sin estos requisitos no habrá detención preliminar o será más fácil impugnar y tumbarla, antes que se dicte prisión preventiva.

En opinión de jueces y fiscales, consultados por La República, la detención preliminar pasaría a ser casi equivalente a la prisión preventiva, solo que sin audiencia, ni participación de los abogados defensores.

La detención preliminar es importante en la lucha contra la delincuencia

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Peligrosos delincuentes fueron liberados

El inciso a) del artículo 261 se anuló mediante la Ley 32181 que promulgó y publicó la presidenta Dina Boluarte el 11 de diciembre último, generando una gran conmoción social, por la liberación de peligrosos delincuentes.

Por ejemplo, en Huaral, el 13 de diciembre, la Sala de Apelaciones tuvo que ordenar que  10 procesados, entre ellos tres policías, acusados de integrar la organización criminal “Las Hienas Verdes” que se dedicarían a extorsionar a transportistas, queden en libertad. Afrontaran el pedido de prisión preventiva en libertad.

Mientras en Lima, en la Corte Superior Penal Nacional, en plena audiencia de prisión preventiva, el juez Raúl Justiniano Romero dispuso la libertad de 11 personas acusadas de beneficiarse de créditos fraudulentos de la cooperativa AELU. Su participación en las audiencias de prisión preventiva, dependerá de cada uno de ellos.

Es de suponer, que con la misma rapidez con la que firmó la Ley que eliminó la detención preliminar, la presidenta Dina Boluarte promulgue la nueva ley de restitución de la norma penal.

Para esto es importante que este mismo, lunes 16 de diciembre, la promulgue y mande que se publique el martes 17 para que entre en vigencia, 24 horas después, esto es, el 18 de diciembre de 2024.

La detención preliminar permitía asegurar que un investigado se someta a la prisión preventiva y no se fugue. Con cada día que pasa, los fiscales y jueces están con las manos atadas en la lucha contra el crimen organizado. 

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