Juez decidirá sobre la nueva ley de crimen organizado al resolver la prisión preventiva de Nicanor Boluarte
Richard Concepción Carhuancho explicó que no corresponde al juez escoger la norma penal que debe aplicarse ante un presunto hecho delictivo. Además, que la norma procesal no le permite resolver un pedido a mitad de una audiencia judicial.
El juez de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho reiteró que se pronunciará sobre el cumplimiento de la nueva ley sobre crimen organizado al concluir la audiencia de prisión preventiva de Nicanor Boluarte Zegarra y otros cinco investigados en el caso “Los Waykis en la sombra”.
Concepción Carhuancho informó que la norma procesal no prevé y no le permite pronunciarse a mitad de la audiencia sobre un cambio normativo, por lo que se pronunciará al resolver el pedido del Ministerio Público.
Enfatizó que dicha medida cautelar de privación de libertad requiere abrir una serie de puertas en cadena, solo si se abre una, se puede avanzar a la siguiente. Esto, supone que al resolver, el primer paso será decidir sobre la ley 32,108
El fiscal debe decidir que norma penal aplica en un caso
Juez Richard Concepción Carhuancho
La fiscalía y la defensa le habían pedido un pronunciamiento antes de empezar a debatir los cargos penales y los graves elementos de convicción contra los seis investigados. El juez indicó que solo podía escuchar a las partes pues, además, no le corresponde decidir que norma penal se aplica en un caso determinado.
El fiscal Carlos Ordaya, del Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder - Equipo 5 , ha pedido al juez que realice un control difuso convencional y constitucional y no aplique la Ley 32,108 en el pedido de prisión preventiva de Boluarte y otros porque, dice, dicha norma contradice la Convención de Palermo, suscrita por el Perú el 2002, y los tratados internacionales de lucha contra el crimen organizado.
Por su parte, los abogados de la defensa señalan que no es posible aplicar el control difuso para cuestionar una ley que se presume constitucional y que tampoco es válido utilizar esa figura legal para resolver un pedido de prisión preventiva. El juez, remarcaron, está obligado a aplicar lo que es más favorable al reo.
El juez ha discutido, junto con el fiscal y los abogados, durante cuatro audiencias la posibilidad de aplicar control difuso que solicita el fiscal frente a la Ley 32108 que establece un nuevo estándar jurídico para el delito de crimen organizado.
Concepción Carhuancho explicó que al resolver responderá si un juez puede aplicar control difuso convencional, control difuso constitucional, ambos controles, si es posible aplicar estos controles en un pedido de prisión preventiva que afecta el derecho a la libertad.
Además, si se cumplen, para el presente caso, los requisitos que define la jurisprudencia para aplicar control constitucional o convencional.
Fiscal aplica el artículo 317 sin la modificación aprobada por el Congreso
Audiencia de prisión preventiva en el caso 'Los Waykis en la sombra'
Luego de la aclaración del juez, la fiscal adjunta Melisa Angulo Mantilla empezó a presentar los cargos penales y los elementos de convicción contra Nicanor Boluarte, el abogado Mateo Castañeda y otros cuatro investigados para sustentar la prisión preventiva.
Lo hizo, explicó, al amparo del artículo 317 del Código Penal modificado por el decreto ley 1244 de diciembre de 2023, es decir, la norma penal vigente al momento de los hechos y, anterior, a la Ley 32,108 promulgada el 09 de agosto del 2024.
Argumentó que el texto de la norma anterior, vigente hasta el 9 de agosto, es concordante con la Convención de Palermo de las Naciones Unidas de lucha contra el crimen organizado trasnacional.
Crimen organizado con fines político-económicos
Audiencia de prisión preventiva continuará el 4 de septiembre
La fiscalía indicó que Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta Dina Boluarte, es el organizador y líder de una organización criminal constituida el 7 de diciembre de 2022 y vigente hasta la actualidad, dedicada a nombrar prefectos, subprefectos y cargos de confianza en el gobierno, con el objetivo de constituir un partido político, en busca de lograr beneficios económicos al infiltrar el aparato estatal.
Subrayó que Nicanor Boluarte pudo realizar esos actos utilizando el poder de facto que le da ser el hermano de la presidenta Dina Boluarte. Como líder de la organización, planificó y controló las actuación de los mandos medios para el logro de sus objetivos criminales, enfatizó el fiscal.
Como parte de la presentación de los graves elementos de convicción, al fiscal presentó la declaración del ex prefecto de la región San Martín, Armando Villalobos Leyva. Este testigo ha señalado que Nicanor Boluarte, conocido como "el número dos", era el responsable de coordinar las designaciones de prefectos y subprefectos. A la presidenta Dina Boluarte se le denominaba como "la número uno".
La audiencia de prisión preventiva continuará el 4 de septiembre, a partir de las 9:00 de la mañana. La fiscalía debe concluir con la presentación de los elementos de convicción que acreditarían los delitos que atribuye al hermano de la presidenta, el abogado Mateo Castañeda y otras cuatro personas.