Ordenan a la Fiscalía entregar copia de acta de la Junta de Fiscales Supremos
Juez considera que el acta de la votación de la Junta de Fiscales Supremos no tiene carácter reservado y, en un sistema democrático, toda decisión debe ser transparente.
El Quinto Juzgado Constitucional de Lima, que atiende el juez Jorge Niño de Guzmán, ordenó a la Junta de Fiscales Supremos (JFS) otorgar a la fiscal suprema Delia Espinoza Valenzuela una copia del acta en el que se denegó su pedido de reconsiderar su destaque al Jurado Nacional de Elecciones.
A través de la Procuraduría del Ministerio Público, la JFS se negó a entregar dicha información por el siguiente argumento: “La información solicitada tiene el carácter de confidencial (…), al encontrarse expresamente establecido el carácter secreto de la votación realizada por la Junta de Fiscales Supremos a fin de elegir al representante del Ministerio Público ante el Jurado Nacional de Elecciones”.
Además, la Junta alegó que Espinoza presentó su demanda de hábeas data fuera del plazo de 60 días posteriores al momento en que su pedido de acceso a la información fuera denegado, esto es, en diciembre de 2022.
Sin embargo, al resolver el caso, el juez concluye que de acuerdo con el Nuevo Código Procesal Constitucional se establece que ese periodo se extiende cuando el demandante opte por acudir ante el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, como fue la situación de dicha fiscal suprema.
“En ese sentido, estando a que la demandante transcurrió por la vía administrativa hasta agotarla, una vez culminó la misma quedó expedita la posibilidad de interponer la demanda de hábeas data presentada”, por lo que fue solicitada dentro del plazo legal, concluyó el juez.
Por lo demás, el magistrado considera que “la democracia debe estar conformada por actos de transparencia, por lo que todo ciudadano, máxime, aquellos que tienen interés propio, están en el derecho de acceder a la información, sea en el soporte que estos estén contenidos, pues el secretismo y la arbitrariedad, están reñidos con el acto democrático”.
A pesar de ello, solo amparó en parte la solicitud de la fiscal suprema. Puesto que, si bien ordena que se entregue el acta de la JFS, solo se refiere a la información sobre el resultado de la votación, cuando lo que es de interés para resolver la controversia es conocer cuáles fueron los datos que tuvieron en cuenta los fiscales supremos para disponer que la doctora Delia Espinoza desarrolle funciones en el JNE.
Por otro lado, las fiscalías penales de Lima investigan la probable entrega de información falsa a la Junta de Fiscales sobre el número de las plazas de fiscales supremos vacantes. Aquello se habría hecho para que a los integrantes de la referida junta solo les quedara la opción de enviar a Espinoza fuera del Ministerio Público.
Supuestamente, Espinoza fue destacada al JNE porque no hay plazas de fiscales supremos titulares vacantes, cuando la realidad dice que hay hasta tres despachos de fiscales supremos que ahora son ocupados por provisionales, es decir, sí había más de un despacho al que Espinoza pudo ser designada.