JEE ordena a alcalde de Castilla no incurrir en actos que vulneren principio de neutralidad
En julio asistió a la colocación de la primera piedra de una obra. Al respecto, el ente electoral sostuvo que los postulantes no deben participar de estos eventos 90 días antes de las elecciones.
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Con resolución N.º 01214-2022, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Piura ordenó al titular del distrito de Castilla, José Aguilar, no participar en actos protocolares que vulneran el principio de neutralidad en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. Como se sabe, el candidato inició su licencia sin goce de haber el 2 de septiembre y, actualmente, postula para la alcaldía provincial de Piura.
Según describe el ente electoral, en julio, el postulante y alcalde distrital participó en la colocación de la primera piedra de una obra, a cargo del Gobierno regional. De acuerdo al JEE, este evento se transmitió en la página de Facebook de la municipalidad. Durante la ceremonia, la autoridad enumeró los logros de su gestión y se registró a personas vitoreando consignas en favor del candidato, lo que estaría “avivando (...) la aprobación de su gestión durante una época electoral”.
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Al respecto, el JEE resaltó lo siguiente: “Los funcionarios públicos que postulen como candidatos a elección popular, a partir de los 90 días anteriores al acto de sufragio, quedan prohibidos de participar en la inauguración e inspección de obras públicas”. En esa línea, añadió: “Hacer proselitismo político en la inauguración e inspección de obras públicas. Tratándose de elecciones municipales, quedan prohibidos de participar en estas actividades”.
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Tras esta deliberación, el ente electoral determinó que el candidato infringió el principio de neutralidad. Asimismo, se dispuso que, de producirse una nueva infracción, este recibiría una sanción de amonestación pública y una multa para la organización con la que postula.
































