Política

Juez devolvió barco pesquero incautado a la empresa Austral Group

Embarcación “Kiana” fue intervenida porque el patrón fue condenado por presunta extracción ilegal de especies marinas, pero la compañía apeló al considerar que se trataba de una medida excesiva, ya que suele aplicarse en casos de organización criminal.

La embarcación "Kiana" fue entregada por PRONABI a Austral Group.
La embarcación "Kiana" fue entregada por PRONABI a Austral Group.

El magistrado José Luis Cáceres, del Juzgado Transitorio Especializado de Extinción de Dominio de Nuevo Chimbote (Santa, Áncash), declaró fundada la solicitud de variación de la medida cautelar de incautación de la embarcación pesquera “Kiana”, que presentó la compañía Austral Group.

Como resultado, el Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi), que tenía bajo custodia a “Kiana” desde que el barco pesquero fue intervenido en Chimbote el 29 de octubre de este año, devolvió la embarcación a su propietario Austral Group.

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La incautación de “Kiana” se produjo debido a que en febrero de este año, el patrón de la embarcación, Norberto Loro Gómez, recibió una pena suspendida de 3 años y 4 meses por presunta extracción ilegal de especies marinas, un caso registrado en 2017.

La empresa Austral Group fue declarada como tercero civilmente responsable, porque supuestamente fue la que se benefició con el cargamento de pescado que hizo el patrón Norberto Loro. La incautación era para asegurar el pago de la reparación.

La empresa Austral Group apeló la medida cautelar de incautación porque la consideró una mala interpretación de la figura de extinción de dominio, creada para casos de crimen organizado, y que en su caso se estaba aplicando de una forma excesiva.

El 5 de diciembre de 2017, personal de la empresa SGS, contratada por la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Ministerio de la Producción, reportó que en un cargamento de caballa que “Kiana” había descargado en la planta de procesamiento de Austral Group, en Coishco (Santa), detectó un importante porcentaje de ejemplares en tallas menores a las permitidas por ley.

Durante el proceso, la empresa Austral Group acreditó que reportó conforme a ley al Ministerio de la Producción (PRODUCE) la presencia de juveniles de caballa en el cargamento bajo observación.

“Con el Decreto Supremo N°009-2013-PRODUCE, se eliminó como infracción la captura de juveniles no solo de anchoveta sino también de otros recursos hidrobiológicos, entre ellos la caballa, cuando esta es reportada de forma inmediata a Ministerio de Producción (PRODUCE)”, alega la empresa pesquera.

“Austral Group cumplió con reportar en forma inmediata, mediante un correo electrónico a PRODUCE, la captura de juveniles de caballa conforme a lo señalado en el Decreto Supremo N°009-2013-PRODUCE”, añadió la compañía.

“Por lo tanto, los hechos de la demanda no constituyen una infracción administrativa y menos sirven de soporte para configurar el presupuesto de extinción de dominio que postula el Ministerio Público, como actividad ilícita contra el medio ambiente”, señaló Austral Group en sus alegatos.

Una vez que el juez José Luis Cáceres declaró fundada la solicitud de variación de una medida cautelar de incautación, y dispuso la devolución de “Kiana”, la tripulación de 20 pescadores salió a trabajar para ser parte de la temporada de pesca de anchoveta en la zona centro norte.

Mientras tanto, la defensa de Austral Group interpuso un recurso de casación excepcional contra la resolución de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior del Santa, que declaró infundada la apelación del patrón del “Kiana”, Norberto Loro Gómez, y confirmó la sentencia por el presunto delito de extracción de especies marinas.

El sustento principal de la casación se basa en que la tripulación del “Kiana” comunicó oportunamente sobre la pesca de juveniles de caballa, por lo que de una pesca incidental y no premeditada.

En la recurso de casación se adjunta el correo electrónico que la empresa dirigió a la Dirección General de Fiscalización y Sanción del PRODUCE, del 4 de diciembre de 2017, en el que informa: “(Solicitamos) se nos indique el medio por el cual debemos de comunicar la presencia de juveniles de caballa, con la finalidad de que el Ministerio tome las medidas correspondientes, así como evitar reportes por pesca de juveniles y por no comunicar zonas con presencia de juveniles”.

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