Política

Dina Boluarte recibiría como mínimo 15 años de prisión por muertes en protestas, según delitos incluidos en denuncia de Fiscalía

La jefa de Estado ya no será investigada por el delito de genocidio, ya que la Fiscalía ha decidido archivar el caso relacionado con las muertes en las protestas. Sin embargo, se ha presentado una nueva denuncia constitucional sobre este asunto.

Nueva denuncia constitucional implica a Dina Boluarte y a seis de sus exministros de Estado. Foto: Andina
Nueva denuncia constitucional implica a Dina Boluarte y a seis de sus exministros de Estado. Foto: Andina

El abogado de la mandataria Dina Boluarte, Joseph Campos, anunció el archivamiento de la investigación por genocidio contra la jefa de Estado, pero pocas horas después, el Ministerio Público anunció una nueva denuncia constitucional contra la presidenta por la muerte de 44 peruanos producto de la represión policial en el marco de las protestas contra su Gobierno, entre diciembre del 2022 y febrero del 2023.

El Ministerio Público presentó una nueva denuncia constitucional contra la presidenta y los mismos imputados, pero esta vez por los presuntos delitos contra la vida y la salud en la modalidad de homicidio calificado, lesiones graves y lesiones leves.

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"Los hechos imputados están referidos a las protestas sociales ocurridas en el periodo comprendido entre el 7 de diciembre de 2022 al 9 de febrero de 2023 en las regiones de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Junín, Ucayali, Puno, Lima y La Libertad", se lee en el comunicado difundido por la Fiscalía.

La denuncia contempla a la mandataria Dina Boluarte y varios de sus ministros. Pedro Angulo Arana y Alberto Otárola como titulares de la PCM. Alberto Otárola y Jorge Luis Chávez Cresta como ministros de Defensa. Finalmente, César Cervantes, Víctor Rojas Herrera y Vicente Romero en su calidad de ministros del Interior.

El abogado experto en derecho penal Andy Carrión indicó a La República que “como mínimo 15 años de prisión” es la pena contemplada para este delito, según lo estipulado en el artículo 108 del Código Penal Peruano que delimita las implicancias del delito por homicidio calificado.

“Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años el que mate a otro concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes: por ferocidad, codicia, lucro o por placer; para facilitar u ocultar otro delito; con gran crueldad o alevosía; y por fuego, explosión o cualquier otro medio capaz de poner en peligro la vida o salud de otras personas”, se lee en el artículo 108.

Archivan denuncia por genocidio contra Dina Boluarte

Por otro lado, en el mismo comunicado, la Fiscalía de la Nación informó que dispuso no continuar con las investigaciones contra Dina Boluarte por el presunto delito de genocidio. El Ministerio Público archivo definitivamente e indicó no haber mérito para formular denuncia constitucional por este caso.

"De conformidad con lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas... se dispone: no haber mérito para formular denuncia constitucional contra Dina Boluarte... archivar definitivamente los antecedentes... en la modalidad de genocidio", se observa en el documento de la Fiscalía.

Cabe precisar que, si bien esta denuncia se ha paralizado, todavía siguen en pie las investigaciones contra los mismos imputados por los delitos de homicidio calificado y lesiones graves.

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