Inconstitucional. Desde el 2010, el Congreso hizo caso omiso a la exigencia del TC de corregir su reglamento y establecer un plazo máximo de 120 días en las sanciones de suspensión.,La decisión mayoritaria del Parlamento de suspender a Kenji Fujimori, Guillermo Bocángel y Bienvenido Ramírez de manera indefinida y no por un plazo fijo podría caerse si se toma en cuenta la postura que ya adoptó al respecto el Tribunal Constitucional (TC) en una anterior sentencia. Y es que en enero del 2010, el TC emitió la sentencia para el expediente 13-2009-PI/TC, donde pone en evidencia una serie de vacíos en el reglamento del Congreso que desde entonces no han sido corregidos. PUEDES VER Terrorista “José” amenaza con más ataques a las fuerzas del orden Particularmente, el TC advirtió el carácter inconstitucional del artículo 25 del reglamento parlamentario, por no fijar un plazo máximo en la sanción de suspensión. “Este Colegiado aprecia que una suspensión temporal deja de ser tal si se convierte en una suspensión que (...) pueda, por su paso o duración, convertirse en una verdadera sanción”. La resolución de suspensión dictada contra Kenji Fujimori, Guillermo Bocángel y Bienvenido Ramírez no fija un plazo y solo establece que la medida se mantendrá “en tanto dure el proceso penal”. De hecho, contra los tres parlamentarios ni siquiera hay un proceso penal abierto en instancia judicial, pues las indagaciones recién están en etapa de investigación preliminar en el Ministerio Público. Es más, el TC también había exhortado al Congreso a regular un plazo máximo de suspensión de 120 días de legislatura, tal como textualmente lo establece el artículo 95 de la Constitución. Asimismo, el órgano constitucional había pedido al Congreso regular una “tramitación preferencial, exclusiva y rápida del proceso penal” para los legisladores suspendidos. Nada de esto fue corregido por el Parlamento desde el 2010. DEMANDAS EN CURSO Debido a estas omisiones, la defensa legal de los tres parlamentarios ya iniciaron acciones legales en tres vías. Miguel Pérez Arroyo, abogado de Bocángel, explicó que el lunes tramitarán una demanda para que se declare la inconstitucionalidad de la sanción. En paralelo, los tres suspendidos interpondrán un recurso contencioso administrativo, con el fin de paralizar con una orden judicial la expedición de las credenciales para los accesitarios. Lo tercero es el escrito que ya fue tramitado el viernes ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). JNE: piden revisar cumplimiento de la Constitución -Miguel Pérez Arroyo, abogado de Guillermo Bocángel, informó haber tramitado ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) un pedido para que este órgano revise la constitucionalidad o no del proceso de suspensión. -En su opinión, el órgano electoral sí tiene potestad para tomar una decisión tomando en cuenta todas las garantías constitucionales que se habrían vulnerado. -De hecho, en la instancia del JNE también podría pesar el nivel de presión política desde el Congreso. Ya anteriormente, los magistrados del órgano electoral fueron citados a la comisión de Constitución por otra decisión contraria adoptada sobre los plazos de inscripción de los movimientos.