Puedes exigir una pensión en el Seguro Social por incapacidad permanente si tienes alguna de estas enfermedades
Las limitaciones que causan alguna de estas enfermedades al trabajador y lo imposibilitan de realizar sus labores, son reconocidas como una incapacidad permanente. Conoce todos los detalles.
La enfermedad puede ser limitante para algunas personas, mientras que para otras no lo es; una persona puede desempeñar su trabajo sin inconvenientes, mientras que otra podría quedar incapacitada debido a lo que la aqueja. Por lo tanto, no es la enfermedad en sí misma lo que determina la incapacidad permanente para la Seguridad Social, sino en cómo afecta a la persona.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es la entidad encargada de reconocer el derecho de un trabajador a recibir una pensión de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados. Además, la Justicia también tiene la potestad de conceder este derecho, representando una vía alternativa a considerar.
¿Cuáles son las enfermedades por las que puedes exigir una pensión en el Seguro Social por incapacidad permanente?
La Seguridad Social no proporciona un listado oficial, hay ciertas enfermedades y patologías, tanto físicas como psíquicas, que pueden dar lugar a una incapacidad permanente. Esto depende de los criterios del Tribunal Médico que evalúe al trabajador o trabajadora.
- Alcoholismo
- Agorafobia
- Alzheimer
- Ansiedad
- Aneurisma
- Apnea del sueño
- Arterosclerosis
- Artritis
- Artrosis reumatoide
- ASMA
- Enfermedad de caderas
- Cáncer
- Cardiopatías
- Enfermedad en los codos
- Colitis ulcerosa
- Charcot-Marie-Tooth
- Demencia
- Depresión
- Dermatitis
- Desprendimiento de retina
- Enfermedad de Behcet
- Enfermedad de Crohn
- Epilepsia
- Efisema Pulmonar
- Enfermedad de Perthes
- Esclerosis Múltiple
- Esclerosis Lateral Amiotrófica
- Esquizofrenia
- EPOC
- Espondilitis Anquilosante
- Fibromialgia
- Fatiga Crónica
- Glaucoma
- Gonartrosis
- Hernia Cervical
- Hipoacusia
- Hipertensión pulmonar
- Enfermedad del hombre
- Ictus
- infarto agudo de miocardio
- Insuficiencia mitral
- Insuficiencia renal crónica
- Ludopatía
- Lumbalgia
- Lupus
- Miastenia Gravis
- Migraña
- Neuropatía
- Neuropatía óptica
- Obesidad mórbida
- Pancreatitis
- Parkinson
- Enfermedad de pies
- Enfermedad de manos
- Pérdida de visión
- Síndrome de Arnold Chiari
- Síndrome de Burnout
- Sarcoidosis
- Síndrome de cola de caballo
- Síndrome de Lambert-Eaton
- Taquicardias
- Síndrome de Ménière
- Síndrome de Wolf-Parkinson-White
- Tetralogía de Fallot
- Trasplante de riñón
- Trastorno bipolar
- Uveítis
- Sensibilidad química
- Traumatismo craneoencefálico
- Trastorno obsesivo compulsivo (TOC)
- Trastorno de estrés postraumático
La insuficiencia renal crónica (IRC) es una enfermedad terminal. Foto: Fuentes Ecatepec
¿Hay grados de incapacidad?
- Incapacidad Permanente Parcial: Se refiere a una condición que reduce al trabajador en al menos un 33% su capacidad de rendimiento profesional en su labor habitual, aunque todavía puede continuar desempeñando su trabajo.
- Incapacidad Permanente Total: Ocurre cuando una enfermedad o lesión impide al trabajador realizar las tareas fundamentales de su profesión.
- Incapacidad Permanente Absoluta: En este caso, el trabajador no puede llevar a cabo ninguna actividad laboral. Si se le reconoce esta incapacidad, tiene derecho a recibir el 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: Es el grado más alto de incapacidad; además de no poder realizar ninguna actividad laboral, el trabajador necesita la asistencia de otra persona para las actividades diarias.
La incapacidad permanente absoluta otorga al trabajador a recibir el 100% de a base reguladora. Foto: Marben A.