Economía

En caso de fallecimiento ¿quien puede cobrar la pensión de un afiliado a la ONP?: paso a paso, requisitos y más

En el Perú, los aportantes a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) pueden asegurar que sus seres queridos reciban un apoyo económico tras su fallecimiento.

Existe un régimen general, a través del cual se otorgan pensiones de jubilación a asegurados que realizaron un mínimo de 20 años de aportación (240 unidades de aporte) al SNP y cumplieron 65 años de edad. Foto: Andina
Existe un régimen general, a través del cual se otorgan pensiones de jubilación a asegurados que realizaron un mínimo de 20 años de aportación (240 unidades de aporte) al SNP y cumplieron 65 años de edad. Foto: Andina

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) desempeña un papel fundamental en la seguridad económica de los trabajadores peruanos y sus familias. En caso de fallecimiento del titular de una cuenta de la ONP, sus beneficiarios pueden acceder a diversos tipos de pensión siempre y cuando cumplan ciertos requisitos específicos.

Con el objetivo de garantizar que las contribuciones realizadas no se pierdan, la ONP ofrece pensiones de viudez, orfandad y ascendencia. En esta nota podrás obtener una guía completa sobre quiénes pueden acceder a estos beneficios, los montos correspondientes y los pasos necesarios para solicitarlos.

Requisitos y procedimientos para acceder a las pensiones de sobrevivencia de la ONP

Pensión de Viudez:

Para acceder a la pensión de viudez, el cónyuge o conviviente del afiliado fallecido debe cumplir con algunos requisitos. En el caso de los hombres, deben ser mayores de 60 años o tener una discapacidad que impida trabajar. Las mujeres no tienen requisitos de edad, pero deben haber estado casadas con el afiliado al menos un año antes de su fallecimiento. Si la unión fue de hecho, debe haber durado al menos dos años.

Documentación requerida:

  • Solicitud formal con declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Certificado médico de discapacidad (si aplica).
  • Parte policial o certificado de necropsia.
  • Certificado médico (en caso de embarazo al momento del fallecimiento del afiliado).
  • Documentos que acrediten la relación laboral del fallecido.

Monto: La pensión de viudez equivale al 50% de la pensión que le hubiera correspondido al afiliado, con un mínimo de S/350.

Pensión de Orfandad

Los hijos menores de 18 años del afiliado fallecido pueden recibir la pensión de orfandad. También pueden acceder los mayores de 18 años con discapacidad o aquellos que continúen con estudios básicos o superiores.

Documentación requerida:

  • Solicitud formal con declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Documentos que acrediten la relación laboral del fallecido.
  • Certificado o constancia de estudios.
  • Certificado médico de invalidez (si aplica).

Monto: La pensión de orfandad también es el 50% de la pensión del titular fallecido, con un mínimo de S/270.

Pensión de Ascendencia

Este beneficio se otorga a los padres del afiliado fallecido, siempre y cuando no haya beneficiarios de viudez u orfandad. Los padres deben tener más de 60 años (padre) o 55 años (madre) y demostrar dependencia económica del afiliado.

Documentación requerida:

  • Declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Certificado médico de invalidez (si aplica).

Monto: La pensión de ascendencia es del 20% de la pensión del titular fallecido, con un mínimo de S/270.

¿Qué es la ONP?

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) es una entidad pública del Estado peruano encargada de administrar el Sistema Nacional de Pensiones. Creada en 1992, la ONP depende del Ministerio de Economía y Finanzas y tiene como objetivo principal garantizar la seguridad económica de los trabajadores y sus familias.

¿Cómo comunicarme con la ONP?

Los interesados pueden comunicarse a través de la línea "ONP Te Escucha" al (01) 634-2222 o acceder a los canales de autoservicio en la página web oficial de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).