Economía

Licencia por fallecimiento de familiares: ¿cómo funcionará?

Igualdad. Iniciativa del Congreso equipara los beneficios que reciben los trabajadores ante el deceso de un familiar, ya que solo aplicaba para los del sector público.

Goce. Al acceder a esta licencia, el empleado seguirá recibiendo su remuneración. Foto: difusión
Goce. Al acceder a esta licencia, el empleado seguirá recibiendo su remuneración. Foto: difusión

¿En qué casos aplica la nueva licencia?

El Poder Ejecutivo reglamentó hace unos días la Ley N° 31602, la cual permite que los trabajadores del ámbito privado accedan a una licencia con goce de su remuneración ante el fallecimiento de sus padres, hermanos, hijos o cónyuge.

Esta medida fue impulsada por el Congreso en aras de promover la equidad de derechos, ya que únicamente este beneficio se aplicaba exclusivamente para los trabajadores del sector público.

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De acuerdo con la normativa, los beneficios obtenidos por sobre licencias, por decisión unilateral o por convenio colectivo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables al trabajador.

¿Será para todos los trabajadores privados?

El reglamento establece el siguiente marco de alcance: para todos los trabajadores del sector privado, tanto del régimen laboral general como aquellos comprendidos en regímenes especiales: construcción civil, mype, agrario y agrícola, minero, portuario, trabajadores de exportación no tradicional y trabajador pesquero.

También entran en el ámbito de alcance las trabajadoras del hogar, guardianes y porteros, part-time, médico cirujano, enfermería, teletrabajo, artistas y porteadores; así como los extranjeros, gestantes, y migrantes andinos, entre otros.

Asimismo, se faculta al empleador a ejercer la fiscalización del uso apropiado de esta licencia. El trabajador debe colaborar con este fin cuando sea requerido.

¿Por cuánto aplica? ¿Se puede extender?

La duración de la licencia con goce de haber es de cinco días calendario; aunque en el caso que el deceso del familiar del trabajador se haya producido en un espacio geográfico distinto al del centro laboral, se permite la extensión del beneficio “hasta por el término de la distancia”.

Este último abarca los días adicionales para el desplazamiento del empleado, según la vía de transporte utilizada, de acuerdo con el Cuadro General de Términos de la Distancia, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 288-2015-CE-PJ o norma que la sustituya.

Cabe añadir que en sector público, los CAS tienen cinco días, más otros tres si el deceso se dio en un lugar distinto.

Los trámites que debes realizar para la licencia

Para acceder a este derecho, el trabajador solicita al empleador la licencia indicando que está habilitado para hacerlo, precisando la fecha de inicio y su duración.

Una vez culminados los cinco días, se deben adjuntar documentos que acrediten el vínculo con el familiar fallecido; y en caso de que la licencia se extienda más allá de lo previsto, también sustentar que el deceso ocurrió en una provincia o región ajena al centro de labores.

Si no fuese posible que tenga la documentación en cuestión, se cursará una declaración jurada en la que indique el lugar de fallecimiento del familiar.

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