Bono de Arrendamiento: aprueban 47 nuevos subsidios en Piura y Lima

Las localidades de Santa Rosa de Quives y Buenos Aires se verán beneficiadas con subvenciones mensuales económicas de S/500.


Se dará 32  bonos al distrito de Santa Rosa de Quives y 15 a  Buenos Aires. Foto: Andina
Se dará 32 bonos al distrito de Santa Rosa de Quives y 15 a Buenos Aires. Foto: Andina

Por medio de las resoluciones ministeriales N° 249-2023-VIVIENDA y Nº248-2023-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento(MVCS) aprobó la trigésima novena y  cuadragésima convocatoria del año 2023 para el otorgamiento de 47 nuevas entregas del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE).  

Este va dirigido a las familias damnificadas con viviendas colapsadas e inhabitables a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales en el norte del país.  A detalle, se entregarán 32 bonos en el distrito de Santa Rosa de Quives, de la provincia de Canta  (Lima) y 15 en el distrito de Buenos Aires, provincia de Morropón (Piura). 

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¿A cuánto asciende el Bono de Arrendamiento?

El valor del BAE es de S/500,00 y se otorgará con periodicidad mensual por un plazo máximo de dos años para los afectados de Santa Rosa de Quives y Buenos Aires.

La lista de beneficiarios se publicará al día siguiente de la emisión de las presentes normas en las páginas web del MVCS y el Fondo MiVivienda, así como en la  Municipalidad Distrital de Buenos Aires (Piura) y la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives (Lima). 

¿Cuáles son los plazos para el otorgamiento del bono?

Las familias beneficiadas tienen un plazo máximo de 10 días hábiles para presentar los documentos respectivos con la firma del representante del grupo familiar. Los requisitos son los siguientes: 

  • La solicitud de otorgamiento del BAE.
  • La declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable.
  • El contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma, con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público.
  • De ser el caso, la declaración jurada de los suscribientes del citado contrato declarando el impedimento económico para la legalización de firmas.

Los documentos mencionados podrán ser descargados en el portal web del MVCS en este ENLACE.

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