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Economía

Bono de Arrendamiento: aprueban 110 nuevos subsidios en distritos de Lima y Lambayeque

Familias beneficiadas fueron afectadas por las lluvias. Recibirán S/500 mensuales hasta por 2 años para alquilar una vivienda.

Subsidio es dirigido a personas con casas colapsadas o inhabitables. Foto: Andina
Subsidio es dirigido a personas con casas colapsadas o inhabitables. Foto: Andina

El Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento(MVCS) aprobó la octava y novena convocatoria del año 2023 para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE). Esta vez, la ayuda está dirigida a damnificados con casas colapsadas o inhabitables a consecuencia de las intensas lluvias que se presentaron en diversas regiones del país.

De acuerdo con las normas publicadas este sábado 1 de abril en El Peruano, serán en total 110 familias las beneficiarias del subsidio. La Resolución Ministerial N.° 140-2023-Vivienda señala que 59 se encuentran en la provincia y departamento de Lambayeque. De los cuales, 34 pertenecen al distrito de Morropón, 5 a Chóchope y 20 a San José.

Por su parte, la Resolución Ministerial N.º 118-2023-Vivienda precisa que 51 beneficiados se ubican en Lima Metropolitana: 17 en el distrito de Ate y 34 en Comas.

La relación de convocados se publicará al día siguiente de la emisión de las presentes normas en las páginas web del MVCS y el Fondo MIVIVIENDA, así como en los locales de los municipios de Pachacámac y San José, según la jurisdicción, y en los centros de atención al ciudadano (CAC) del ministerio, ubicados en Lima y Lambayeque, respectivamente.

El valor del BAE es de S/500 y se otorga con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años para el arrendamiento de viviendas en las citadas zonas. El cómputo del plazo del otorgamiento del BAE se inicia en la fecha del primer cobro en el Banco de la Nación por parte de cada beneficiario.

Plazos para el otorgamiento del bono

Los potenciales beneficiarios, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles, deben presentar los siguientes documentos con la firma del representante del grupo familiar:

  • La solicitud de otorgamiento del BAE.
  • La declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable.
  • El contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma, con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público.
  • De ser el caso, la declaración jurada de los suscribientes del citado contrato declarando el impedimento económico para la legalización de firmas.

Los documentos mencionados podrán ser descargados en el portal web del MVCS en este ENLACE.

Comunicador por la Universidad Nacional Federico Villarreal. Escritor de microficción y poesía. Lector compulsivo y amante de la literatura. Aquí escribo sobre economía.