Economía

¿Te pueden embargar el sueldo si tienes deudas con el banco?

Más del 90% de deudores del sistema bancario se concentra en créditos hipotecarios y de consumo. ¿Es legal que te descuenten de tu sueldo si tienes un saldo pendiente con alguna entidad financiera?¿Hasta qué monto?

Si ganas más de S/2.475 (5 URP), el banco puede embargarte la tercera parte del excedente. Foto: composición LR/Adobe stock
Si ganas más de S/2.475 (5 URP), el banco puede embargarte la tercera parte del excedente. Foto: composición LR/Adobe stock

En el Perú existen miles de personas que arrastran deudas en entidades financieras sin tener la posibilidad, o en muchos casos la voluntad, de cancelarlas. Según la SBS, más del 90% de deudores del sistema bancario se concentra en créditos hipotecarios y de consumo. Ante un escenario de morosidad, muchos se preguntan si es posible estar sujeto a un embargo o descuento del sueldo en caso se tengan deudas con el banco. Te lo contamos aquí.

¿Te pueden embargar el sueldo?

En palabras del abogado Ronel Rojas, legalmente el banco no puede embargarte el sueldo; sin embargo, hace una importante precisión: si es que ganas menos de 5 Unidades de Referencia Procesal (URP), que es equivalente este 2023 a S/2.475, no lo puede hacer, así se le deba al banco una hipoteca, prenda vehicular o tarjetas de crédito.

En comunicación con La República, la abogada laboralista Mariana González Prada explica que esto se debe principalmente porque una remuneración, producto de un trabajo, tiene componentes de carácter alimenticio o de protección familiar. "Por eso, existe un límite para embargo porque sirve para sustentar a una persona o familia", refiere.

Sin embargo, si el sueldo de la persona supera el monto de la URP (S/2.475), el banco sí podrá descontar alguna suma.

¿Cuánto de sueldo me pueden embargar?

Si ganas más de S/2.475 (5 URP), el banco puede embargarte la tercera parte del excedente. Para una mejor comprensión, pondremos un ejemplo con una operación matemática. En el supuesto de que ganes S/4.000, al restarle S/2.475, quedarían S/1.525. Entonces, la tercera parte de este importe restante es S/508. Este monto es lo que te puede descontar una entidad financiera.

La también profesora de Derecho de la Universidad del Pacífico explica que hay tres formas reconocidas de retenciones válidas: la primera es la ley (que involucra retenciones del impuesto a la renta y aportes pensionarios). La segunda es por mandato judicial (por ejemplo, en las pensiones por alimentos). En tanto, la tercera es a través de la autorización del trabajador, es decir, cuando este decide que le descuenten préstamos y similares.

Recordemos que, en julio del 2021, a través de la sentencia del Pleno 670-2021 del Tribunal Constitucional, se declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por un trabajador contra el Banco de la Nación luego de que esta entidad le retuviera y se apropiara del total de sus remuneraciones, lo que está prohibido por el Código Procesal Civil, de acuerdo al artículo 648.

Multas por descontar el 100% del sueldo

Según la letrada, en el terreno laboral, el trabajador, banco y empleador pueden hacer un acuerdo de retención de sueldo. "No es automática. Siempre el trabajador tiene que autorizarla", manifiesta.

Un empleador solo puede practicar retenciones sobre la remuneración del trabajador en los tres casos mencionados (por ley, por decisión de un juez y por autorización). En este último—que implica que un trabajador autorice que le descuenten su sueldo para pagar una deuda—, la letrada señala que no es posible embargar el 100% del total de su pago. "Debe entrar la razonabilidad en el monto que se va a retener", enfatiza la experta.

No pagar íntegramente la remuneración constituye una infracción grave en materia de relaciones laborales. Las sanciones económicas para una empresa por cada trabajador es de 1,57 UIT, que equivale a S/7.771. "Esa es la multa por practicar un descuento ilegal", sostiene González Prada.