Economía

Cajas Municipales ya pueden emitir tarjetas de crédito

Las cajas municipales de ahorro y crédito con activos superiores a las 75.000 UIT ya están habilitadas para brindar este servicio sin autorización previa de la SBS.

Se trata de la Ley N.º 31711 que fortalece las cajas municipales de ahorro y crédito. Foto: Andina
Se trata de la Ley N.º 31711 que fortalece las cajas municipales de ahorro y crédito. Foto: Andina

El Congreso de la República, tras aprobarla por insistencia, promulgó la Ley N.º 31711, que fortalece a las cajas municipales de ahorro y crédito (CMAC) para promover la competencia en beneficio de los consumidores. La norma tiene como finalidad posibilitar el ingreso de los organismos multilaterales para reforzar el patrimonio de estas entidades y promover la inclusión financiera en el país.

La ley, publicada este jueves 16 en El Peruano, modifica el artículo 4 del Decreto Supremo 157-90-EF, que define el funcionamiento en el país de las cajas municipales de ahorro y crédito. Entre los cambios que introduce se encuentra que los organismos multilaterales y fondos de inversión privados podrán ingresar a las CMAC como terceros accionistas temporales, con derecho a voto y una participación igual o menor al 49%, aspectos distintos en el caso de las municipalidades.

TE RECOMENDAMOS

ESPAÑA EN VIVO: GANAN EL MUNDIAL Y LLUEVEN CRÍTICAS A TRUMP E INFANTINO | QUE NO SE TE OLVIDE

Según la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, esta disposición permitirá a estas instituciones garantizar su sostenibilidad en el tiempo, ya que podrán contar con socios como el Banco Mundial o el Banco Interamericano de Desarrollo.

Asimismo, se modifica el artículo 286 de Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, que entre otras disposiciones ahora permite a las CMAC recibir depósitos a la vista, otorgar sobregiros o avances en cuentas corrientes, emitir cheques de gerencia y expedir y administrar tarjetas de crédito o débito.

De esta manera, a partir del tercer año de funcionamiento, las entidades que mantenga activos superiores a las 75.000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (S/371 millones 250,000‬) podrán realizar de manera directa y sin autorización previa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) las operaciones antes mencionadas. En caso sus activos sean inferiores al monto antes citado, necesitarán la aprobación de la SBS.

google iconPrefiero a La República en Google
Lo más visto
Lo último
Personas solteras podrán acceder a bono de hasta S/52.250 para comprar vivienda tras nuevo reglamento

Personas solteras podrán acceder a bono de hasta S/52.250 para comprar vivienda tras nuevo reglamento

LEER MÁS
Pago ONP agosto 2026: revisa el cronograma oficial y conoce las fechas de depósito por apellido

Pago ONP agosto 2026: revisa el cronograma oficial y conoce las fechas de depósito por apellido

LEER MÁS
Retiro AFP 2026: afiliados podrían retirar más de S/20.600 de sus fondos si Congreso aprueba nuevo proyecto de ley de 4 UIT

Retiro AFP 2026: afiliados podrían retirar más de S/20.600 de sus fondos si Congreso aprueba nuevo proyecto de ley de 4 UIT

LEER MÁS
Consejo Fiscal advierte que deuda de S/5.045 millones de la Municipalidad de Lima compromete futuras gestiones

Consejo Fiscal advierte que deuda de S/5.045 millones de la Municipalidad de Lima compromete futuras gestiones

LEER MÁS
Precio del dólar en Perú hoy, domingo 26 de julio de 2026: consulta el tipo de cambio en bancos, casas de cambio y plataformas digitales

Precio del dólar en Perú hoy, domingo 26 de julio de 2026: consulta el tipo de cambio en bancos, casas de cambio y plataformas digitales

LEER MÁS
Sunat: cambios en el RUC que debes cumplir para evitar multas de más de 1 UIT

Sunat: cambios en el RUC que debes cumplir para evitar multas de más de 1 UIT

LEER MÁS

Ofertas

Últimas noticias

Economía

Estados Unidos

Política