Indecopi sanciona a Telefónica con S/ 46.000 por no atender reclamo sobre Movistar Play
La entidad confirmó la penalidad en segunda y última instancia. Anteriormente, la empresa había apelado al señalar que los reclamos del usuario son competencia del Osiptel.
- Gobierno oficializa subsidio de S/120 para taxis con GNV ante emergencia energética
- Gas natural: Gobierno asegura que el domingo 15 de marzo se restablecerá todo el servicio

El Indecopi informó que, en segunda y última instancia, la Comisión de Protección al Consumidor N.º 2 determinó que Telefónica infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor al no atender cuatro reclamos presentados por un usuario en su Libro de Reclamaciones sobre el servicio Movistar Play.
Por ello, confirmó la multa de S/ 46.000 (10 UIT), que le impuso el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N.º 1.
TE RECOMENDAMOS
¿SE ACABA LA CRISIS GNV? BALCÁZAR ANUNCIA FECHA PARA NORMALIZAR EL GAS | QUE NO SE TE OLVIDE
Así, mediante la Resolución Final N.º 2469-2022/CC2, la Comisión señaló que, si bien Telefónica contestó los reclamos interpuestos por el denunciante dentro del plazo legal, el contenido de dichas respuestas no solucionó los cuestionamientos del consumidor.
PUEDES VER: Revisa los candidatos y sus planes de gobierno

En el 2020, tras la decisión del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N.º 1, la compañía apeló al detallar que los reclamos del usuario son competencia del Osiptel y solicitó la improcedencia de la denuncia, por lo que el caso pasó a segunda instancia.
Al respecto, la Comisión resolvió que Movistar Play no constituye un servicio público de telecomunicaciones, sino un servicio Over The Top, definido por el Osiptel como cualquier contenido, servicio o aplicación que se brinda a través del servicio de acceso a internet, por lo cual el Indecopi tiene competencias para analizar la falta de atención de dichos reclamos.




















