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Economía

Poder Judicial: Bonlé familiar e Ideal Amanecer no deberán ser ofrecidos como leche

Compañías Nestlé y Gloria buscaban dejar sin efecto las sanciones impuestas por el Indecopi; sin embargo, el Poder Judicial confirmó que la denominación de los productos de estas empresas no reflejaban su verdadera naturaleza.

El Poder Judicial desestimó las demandas presentadas por Gloria y Nestlé para dejar sin efecto las sanciones que impuso el Indecopi en última instancia.  Foto: ComposiciónLR
El Poder Judicial desestimó las demandas presentadas por Gloria y Nestlé para dejar sin efecto las sanciones que impuso el Indecopi en última instancia. Foto: ComposiciónLR

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi determinó que las presentaciones de Bonlé familiar, del Grupo Gloria, e Ideal Amanecer, de Nestlé, incluyeron el término “leche” en sus etiquetas pese a que no refleja la naturaleza del producto e induce al error de los consumidores. Este pronunciamiento ha sido ratificado por el Poder Judicial.

De esta forma, el PJ desestimó en última instancia las demandas que impusieron las empresas y que buscaban frenar las sanciones del Indecopi.

¿Qué indicó el Indecopi?

El Poder Judicial determinó que la denominación de “leche evaporada parcialmente descremada esterilizada con maltodextrina y grasa vegetal” en el producto Bonlé Familiar (Gloria) y “leche evaporada parcialmente descremada con maltodextrina, suero de leche y aceite vegetal enriquecida con vitaminas y minerales” descrita en Ideal Amanecer (Nestlé) incumplirían con los artículos 18, 19 y 32 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Esto debido a que no responden a la verdadera naturaleza de su contenido.

Dicha regulación se tomó luego de que tanto la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa) como el Indecopi determinaran que el registro sanitario por parte de dichas empresas no genera certeza o confianza respecto de la correcta denominación de los productos mencionados, ya que solo se acredita la inocuidad de estos productos, pero no se cumple con garantizar el deber de información de los proveedores en el mercado según las normas de protección al consumidor.

“Es imprescindible que todas las empresas sean transparentes en el etiquetado de sus productos, más aún si son de consumo masivo, como los lácteos, que, además, son la base nutritiva de la alimentación de nuestros hijos”, señaló al respecto Julián Palacín Gutiérrez, presidente ejecutivo del Indecopi.

La Quinta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas de Mercado de la Corte Superior de Justicia de Lima informó que la Digesa vigila la calidad sanitaria e inocuidad de los alimentos y bebidas sujetos al registro sanitario.

En tanto, el Indecopi se encarga de supervisar el rotulado y publicidad de los alimentos y bebidas, como lo dispone el Código.

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