CTS noviembre 2021: ¿cómo calcular el monto que me corresponde?
Revisa en esta nota una guía paso a paso para saber cuánto te corresponde cobrar de CTS noviembre 2021. También conoce las mejores maneras de invertir este dinero.
El segundo monto de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) debe ser depositado hasta el 15 de noviembre. Ahora es posible retirar hasta el 100% de estos fondos debido a la crisis económica derivada de la COVID-19. El primer pago de este derecho se debió hacer en mayo. Conoce cómo calcular el monto que te corresponde según tu régimen laboral y algunas recomendaciones para invertir de manera responsable este dinero.
¿Qué es la CTS y quiénes la reciben?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio que gran cantidad de empresas debe depositar dos veces al año a sus trabajadores en planilla, con el propósito de brindarles seguridad al finalizar la relación laboral. Esta es brindada a trabajadores formales de empresas privadas con una jornada mínima de cuatro horas diarias.
Este beneficio se paga semestralmente en mayo y noviembre de cada año. Los depósitos son equivalentes a aproximadamente a medio sueldo, siempre y cuando hayas laborado al menos seis meses. Asimismo, se excluye de este beneficio laboral a los trabajadores del sector público, los informales y los que emiten recibos por honorarios.
CTS 2021. Foto: Twitter Sunafil
¿Quiénes no reciben CTS?
Las personas que se encuentran excluidos de percibir los beneficios de la CTS son los siguientes grupos de trabajadores:
- Trabajadores que no cumplan cuando menos una jornada mínima de 4 horas diarias o de 20 horas semanales.
- Aquellos trabajadores que perciban el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios (no se considera tarifa las remuneraciones de naturaleza imprecisa tales como la comisión y el destajo).
- Trabajadores sujetos a regímenes especiales de CTS. Algunos de ellos son: construcción civil, pescadores, artistas y casos análogos, los cuales se rigen por sus propias normas.
¿Cómo se calcula la CTS?
De acuerdo con la Cámara de Comercio de Lima (CCL), quienes trabajan en una mediana o gran empresa obtendrán como CTS el 50% del sueldo más la sexta parte de la gratificación recibida el año anterior, siempre que hayan trabajado durante el semestre completo.
Si el tiempo de labores ha sido inferior a los seis meses, recibirá por cada mes trabajado un sexto del sueldo más la gratificación. En una operación matemática sería de la siguiente manera [remuneración + asignación familiar + (gratificación * 1/6)]/2. El resultado de ello es lo que la empresa te depositará como CTS.
Quienes trabajen en pequeñas empresas (ingresos anuales inferiores a 1.700 UIT), que no estén registradas en Remype, o quienes hayan sido contratados hasta antes del registro, tendrán derecho a la CTS según la regla general para la mediana y gran empresa.
Entretanto, las personas contratadas luego de que la empresa se inscribió en Remype obtendrán una CTS del 50% de lo calculado para el régimen general. Respecto al personal de las microempresas, recibirán la CTS si su empresa no está en Remype o si fueron contratados previo a su inscripción. Si ingresaron después, no tendrán derecho a este beneficio.
El segundo aspecto a tener en cuenta es si percibes una remuneración fija o variable.
Remuneración fija
Imaginemos que tu sueldo es de S/ 6.000, recibes una asignación familiar de S/ 70 y una gratificación en el mes de mayo de S/ 6.000. De manera sencilla sería de esta forma [remuneración + asignación familiar + (gratificación * 1/6)]/2. El resultado de ello es lo que la empresa te depositará como CTS.
Remuneración variable
En el caso hipotético de que tu remuneración sea de S/ 2.000, una asignación familiar de S/ 70 y una gratificación en el mes de mayo de S/ 2.000. Además, el promedio de comisiones del semestre respectivo que recibiste es de S/ 530 y el promedio de la remuneración de las horas extras asciende a S/ 30. La fórmula que tenemos que aplicar es la siguiente, [remuneración + asignación familiar + (gratificación * 1/6) + promedio comisiones + promedio horas extra]/2. El resultado sería la cantidad de tu CTS.
La SBS recomienda elegir entidades financieras que cuenten con el Fondo de Seguro de Depósito. Imagen: SBS
¿Cuándo pagan la CTS de noviembre 2021?
Las empresas tienen hasta el próximo lunes 15 de noviembre para pagar la Compensación por tiempo de Servicios (CTS), según lo establecido en el Decreto Supremo N° 001-97-TR.
¿Desde cuándo se puede realizar el retiro de CTS de noviembre 2021?
El objetivo de la CTS es servir como respaldo económico ante la desvinculación laboral, por lo que solo debería ser utilizada en caso de renuncia, despido o jubilación, pero actualmente está permitido su desembolso.
A fines de marzo último, el pleno del Congreso de la República aprobó un proyecto de ley que permitiría a las y los empleados el retiro de hasta el 100% de sus fondos de CTS, debido a las dificultades económicas causadas por la pandemia de la COVID-19. Esto será posible solo hasta el 31 de diciembre del 2021.
Retiro de CTS noviembre 2021: ¿en qué invertir mi dinero?
La decisión de invertir el dinero de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) en noviembre de 2021 puede ser confusa. Para aclarar el panorama, RTV conversó con Karen Puertas, consultora en gestión empresarial y educación financiera, quien brindó algunas recomendaciones sobre las mejores maneras de utilizar este monto.
¿Cuánto me toca recibir por CTS?
El depósito de CTS corresponde a trabajadores del sector privado y a estatales de las leyes 728 y Servir. Los empleadores deben depositar el monto correspondiente en los meses de mayo y noviembre. Revisa aquí casos prácticos para calcular el monto de CTS, explicados por el economista Jorge González Izquierdo.
¿En qué consiste la ley que autoriza la disposición de la CTS?
La Ley 31171 fue promulgada para cubrir las necesidades económicas causadas por la COVID-19. Esta autoriza, por única vez, que los trabajadores puedan hacer retiros hasta del 100% de los fondos que mantengan en las entidades financieras. Debemos tomar en cuenta que esta medida es de carácter temporal hasta el 31 de diciembre del 2021.
¿Qué sucede si la empresa no deposita la CTS?
En caso de que el empleador no hace el pago de la CTS dentro del plazo correspondido esta cometiendo una infracción, que puede ir de leve a grave. Es por ello que el trabajador puede plantear una denuncia en la Sunafil con la finalidad de que la autoridad inspectora de trabajo fiscalice el cumplimiento de la obligación.
Si dentro de cinco días hábiles no se ha efectuado el deposito a los trabajadores, significa una falta leve, que de ser advertida por inspectores de trabajo podría generarse una multa de 15.52 UIT, lo que equivale S/ 68.288. Si el problema se sitúa más grave la multa se podría llegar a elevar a 26.12 UIT, equivalente a S/ 114.928.
CTS
¿Qué entidades pagan más intereses por depositar mi CTS?
Las financieras, cajas y bancos que ofrecen más intereses por depositar CTS son las siguientes:
Financieras
La financiera Proempresa tiene una tasa de rendimiento efectivo anual (TREA) de 6,9%, mientras que la Financiera Credinka contiene una tasa de 6,25%, siendo las más altas dentro del rubro de las financieras.
Cajas
La caja Raíz posee una tasa de rendimiento efectivo anual (TREA) del 6%. En tanto, la caja Prymera brinda una tasa de 5.8% y caja Sullana ofrece un 5,65 %. Se consideran las más altas en lo que respecta a las cajas.
Bancos
Los bancos de Comercio y Pichincha son los que presentan un mayor rendimiento de la CTS con 5%, y las que ofrecen menos intereses son Banco Falabella, Scotiabank, Banco de Crédito (BCP), Interbank y BBVA.
¿Es recomendable retirar mi CTS?
Según el especialista en finanzas Jorge Carrillo declaró a RPP, es recomendable por el momento no retirar el dinero, solo cuando esta acción sea necesaria, asimismo, pidió al usuario considerar la cuenta CTS que paga mejores tasas de interés, en comparación a un depósito a plazo o una cuenta de ahorros.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) informó en su web oficial que las Tasas de Rendimiento Efectivo Anual (TREA) de estas cuentas se ubican entre 0.25% y 6.9% en promedio, al 3 de noviembre.
En ese sentido, si estás pensando en retirar el dinero pero no para utilizarlo en pagar deudas urgentes, ten a la mano otras alternativas de ahorro e inversión, los cuales detallamos a continuación:
- Ahorro en una entidad financiera
- Depósito a plazo en cooperativas
- Inversión en el mercado de valores
- Inversión en la inicial de un inmueble, entre otros
¿Cómo pasar mi CTS a otro banco o entidad financiera?
- Enviar una solicitud de traslado de CTS al empleador.
- El empleador informa el traslado de la cuenta CTS del trabajador a la anterior entidad y se pide el traslado de fondos a la nueva institución, todo ello ocho días útiles después de recibida la solicitud del trabajador.
- Finalmente, el banco o financiera depositaria de la CTS, en un plazo 15 días hábiles, realiza el traslado a su reemplazante.
¿Cómo invertir mi CTS?
1. Depósitos en cuentas de ahorros
Con estas cuentas el capital se puede mantener siempre disponible, pudiendo administrarlo de la mejor manera.
2. Fondos mutuos
Aquí tu dinero se invierte en operaciones financieras y se da acorde a la política del fondo mutuo que se escoja.
3. Depósitos a plazo fijo en cajas municipales
En dichas cajas los intereses son mayores a los de los bancos, y se puede convertir el depósito en garantía de un crédito; así no gastas tu ahorro.
El beneficio laboral de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) deberá ser entregado hasta el 15 de mayo de este año, respecto al período (noviembre 2016 hasta abril 2017). Según Germán Lora Álvarez, Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del MTPE, existen algunas posibles causas para que el empleador puede quedarse con la CTS de un trabajador.
¿Cuándo pueden retener mi CTS?
Para el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), existen dos escenarios posibles para que un empleador pueda retener la CTS:
1. Perjuicio económico: Si el trabajador es despedido en causa justa, es decir, cuando le haya causado un perjuicio económico al empleador, este puede retener la CTS, tanto la que tiene todavía en su poder y la que está depositada en el banco.
Para ello, el empleador debe de demostrar al banco que hay un procedimiento de despido y debe de demandar al empleado en un periodo de 30 días de haber vencido el vínculo laboral, con esta demanda el empleador logra retener la CTS en el banco hasta que se emita un fallo judicial.
2. Préstamos, adelanto de sueldos y entrega de mercadería: Si el trabajador mantiene sumas adeudadas con la empresa, en concepto de préstamos, adelantos de remuneración, venta o suministro de mercadería producida por su empleador, siempre que no excedan en conjunto del 50% del beneficio.
¿Cómo usar mi CTS?
La CTS tiene una finalidad de contingencia en caso de desempleo, por eso es importante saber cuidar ese dinero con el fin de malgastarlo. Aquí algunos consejos para usar la CTS:
- No excedas tu gastos. No derroches el dinero. La naturaleza de la CTS es para situaciones adversas, sobre todo en tiempos de crisis como el actual por la pandemia.
- En caso de emergencia. Si tú o algún familiar atraviesa un momento complicado en la salud por el COVID-19 hacer uso de este depósito es vital y muy necesario.
- Ahorra. Si decides usar el dinero de la CTS para ahorrar podrías optar por una cuenta de ahorros o un depósito a plazo, para que obtengas ganancias al mismo tiempo que ahorras.
- Invierte. Otra opción válida es que ese dinero de la CTS lo inviertas para obtener una atractiva rentabilidad. En ese caso, los Fondos Mutuos son una gran posibilidad.
¿Cómo puedo ver mi estado de cuenta de CTS?
Para conocer tu estado de cuenta de CTS, deberás consultar directamente con la entidad financiera donde te depositaron la compensación. Cada banco, caja o cooperativa tiene distintos canales de ayuda, que pueden ser web (link), aplicación de celular (app), teléfono, ventanilla, entre otros. Revisa aquí los canales de información de algunas instituciones.
- BBVA: accede a la banca por internet. Puedes comunicarte al número de atención al cliente: (01) 595-0000.
- BCP: consulta a través de Vía BCP o en sus agencias a nivel nacional. Comunícate a la banca por teléfono: (01) 311-9898.
- Interbank: consulta a través del app Interbank.
- Banco Ripley: solicita información a través de sus canales digitales, en sus agencias a nivel nacional o llama a la línea: (01) 611-5757.
- Caja Huancayo: puedes pedir información a través de la aplicación móvil o la web de Caja Huancayo, así como cajeros GlobalNet o contactar al número: 0800-10064 o al (64)481000.
- Caja Arequipa: realiza tus consultas a través de su banca por internet y de la app Caja Arequipa Móvil.
- Caja Trujillo: podrás consultar tu saldo en la web y en la app Caja Trujillo Móvil.
¿Cuánto tiempo debo trabajar para recibir CTS?
Tienen derecho a la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) los trabajadores que hayan laborado al menos un mes hasta el 31 de octubre. Los empleado deben haber cumplido jornadas de, al menos 4 horas diarias. Si el trabajador no cumplió el semestre completo (desde mayo hasta octubre), por cada mes laborado percibirá un sexto de su remuneración computable.
Para recibir la CTS en noviembre, es necesario haber trabajado al menos un mes completo en el semestre anterior. Imagen: SBS
¿Qué pasa si fallece el titular de la cuenta CTS?
En caso de muerte del titular, la empresa entregará a la entidad financiera el importe de CTS que hubiera pagado al trabajador, informa la SBS. Según corresponde, el depositario o empleador entregará al cónyugue o conviviente el 50% del monto total acumulado y sus intereses, excepto cuando haya separación de patrimonio.
El depositario (institución financiera) mantendrá en custodia el dinero hasta que se acredite testamento o declaratoria de herederos. Si hubiera hijos menores de edad, la parte que les corresponde quedará retenida hasta que cumplan la mayoría de edad. Entonces se les abrirá cuentas separadas a nombre de cada uno.
CTS