Ejecutivo dispuso modificación del reglamento de Ley General del Turismo
El proyecto tiene por objeto modificar los artículos 7, 14, 15, 24 y 25 del referido reglamento. La medida fue oficializada a través del Diario Oficial El Peruano.
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo dispuso la modificación del reglamento de la Ley General de Turismo. La medida se estableció mediante Decreto Supremo 006-2021, publicado en el Diario Oficial El Peruano, según informó la Agencia Peruana de Noticias (Andina).
El proyecto del Decreto Supremo tiene por objeto modificar los artículos 7, 14, 15, 24 y 25 del referido reglamento. De esta manera, los cambios tienen como propósito lo siguiente:
La propuesta de alteración del artículo 7 del reglamento busca incorporar las opiniones del Ministerio de Exterior y Turismo que están contempladas en la Ley General del sector.
La propuesta de modificación de los artículos 14 y 15, regula la aprobación, actualización, monitoreo y evaluación del Plan Estratégico Nacional de Turismo y regional, incorporando para este último la opinión favorable del referido ministerio como condición previa a su aprobación.
La variación de los artículos 24 y 25 promueve desarrollar los requisitos y condiciones para la declaración de Zonas de Desarrollo Turístico Prioritario de alcance regional, incorporando la opinión técnica favorable de la cartera de Turismo como condición previa a su declaración.
Sin efecto
En ese marco de modificaciones, el artículo 7 que regula lo concerniente a las opiniones técnica de la ministerio de Turismo queda sin efecto. Del mismo modo, el artículo 14 que solo desarrolla lo referido a la aprobación, actualización, monitoreo y evaluación del PENTUR.
Asimismo, se incluye también el artículo 15, el cual contiene lo referido a la aprobación, actualización, monitoreo y evaluación del PERTUR.