Boticas y farmacias podrán ser multadas con 6.600 soles por funcionar sin director técnico
Similar sanción se les impondrá en situaciones donde los establecimientos no comuniquen su cierre temporal o definitivo.
- Crisis del gas: autorizan GNV para transporte de carga de alimentos e incluyen a más industrias
- Concesionaria Deviandes demanda al Perú en corte de Estados Unidos por incumplir pago de laudo arbitral por US$99,4 millones

A través de un decreto supremo, el Ministerio de Salud modificó el Reglamento de establecimientos farmacéuticos, el cual incluye ahora cambios en las multas e infracciones cometidas por los responsables de estos centros de atención y venta.
Así, por funcionar sin la presencia del Director Técnico o del profesional químico farmacéutico asistente o, de ser el caso, de otro profesional especializado, autorizado o comunicado, las boticas y farmacias serían multadas con 1,5 UIT (6.600 soles). Pero la sanción podría llegar a hasta 11 mil soles si se trata de un laboratorio o droguería.
TE RECOMENDAMOS
¿SE ACABA LA CRISIS GNV? BALCÁZAR ANUNCIA FECHA PARA NORMALIZAR EL GAS | QUE NO SE TE OLVIDE
PUEDES VER: Revisa los candidatos y sus planes de gobierno

Asimismo, por no comunicar el cierre temporal o definitivo de todo o parte del establecimiento, las farmacias, boticas, droguerías, botiquín, laboratorios, y el almacén especializado podrán ser multados también hasta con 6.600 soles.
Conoce aquí las diferentes modificaciones a las infracciones:

Fuente: Minsa
Asimismo, la norma busca la simplificación de diversos procedimientos administrativos que deben llevar a cabo los titulares de boticas, farmacias, droguerías, laboratorios farmacéuticos, así como los profesionales de la salud que regentan dichos establecimientos.




















