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Economía

Retiro de CTS: ¿en qué banco te toca cobrar y cuándo el fondo de S/2.400?

Revisa los pasos que debes seguir para retirar tu CTS ante la crisis sanitaria por la COVID-19. Además, conoce a cuánto asciende tu fondo.

Cómo retirar mi CTS | A causa del estado de emergencia, el Gobierno peruano autorizó que los trabajadores dependientes dispongan de hasta S/ 2.400 de su fondo de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para contener el impacto económico generado a partir de la crisis sanitaria causada por el COVID-19.

“El retiro de CTS de hasta 2.400 soles que es el tope. Hay algunos trabajadores que tienen cantidades menores, pueden retirar lo que crean conveniente. Es para que tengan la liquidez necesaria”, sostuvo el mandatario cuando confirmó la decisión.

A continuación te brindamos toda la información que necesitas saber sobre este ahorro: quiénes pueden retirar este monto, a través de qué medio puedes disponerlo y cuáles son las facilidades que está brindando cada entidad bancaria.

¿Cómo saber dónde si tienes CTS Perú?

Por lo general, la CTS se deposita en el banco en el que se aperturó la cuenta bancaria a donde realiza el pago el empleador. Para mayor detalle, se recomienda consultar a la entidad financiera que ha registrado el empleado.

Consulta CTS con DNI

Lo puedes consultar en las diferentes entidades bancarias a través de una llamada telefónica o desde las aplicaciones que cada una de ellas dispongan.

Decreto de urgencia CTS

Como una política del estado de emergencia nacional decretado por el Gobierno, se decidió liberar el CTS a través del Decreto de Urgencia 033-2020 hasta S/ 2.400 soles en un primer momento.

¿Cuándo se deposita la CTS?

Este beneficio se deposita dos veces al año, en mayo y noviembre de cada año, y no está sujeto a descuentos. Sin embargo, con el estado de emergencia se dispuso que se pueden retirar hasta S/ 2.400.

Consultar mi CTS en BBVA

BBVA Banco Continental dio a conocer, a través de sus redes sociales, que sus clientes pueden disponer de su CTS mediante la Banca por Internet o través de sus cajeros automáticos y oficinas.

Consultar mi CTS en Interbank

Interbank anunció que se puede retirar los 2400 soles de tu CTS desde el pasado 28 de marzo, según lo dispuesto por el Ejecutivo. Puedes hacer estos procesos a través de transferencias entre tus cuentas, la app de la entidad financiera, Banca por Internet y cajeros Global Net.

Retiro CTS BCP

El Banco de Crédito del Perú anunció que, desde el último 30 de marzo, se habilitó el retiro de hasta 2400 soles de CTS, según sea el contrato laboral del trabajador. El proceso puede efectuarse por la Banca Móvil BCP y Vía BCP, o en cualquiera de sus agencias a nivel nacional.

¿Cómo saber si puedo retirar mi CTS?

Para recibir la CTS, el trabajador debe haber estado en la empresa por lo menor un mes en planilla (30 días naturales). Cabe mencionar que los días transcurridos después de noviembre se cuentan para la CTS de mayo.

Cobro de CTS por coronavirus

Debido a la crisis económica que ha desatado el estado de emergencia decretado por el Gobierno ante el avance del coronavirus, el presidente Martín Vizcarra anunció que el empleado que se encuentre en planilla podrá retirar hasta 2400 soles de su CTS.

Beneficiados y excluidos de la CTS

Beneficiados y excluidos de la CTS

¿Cómo puedo ver mi estado de cuenta de CTS?

Los trabajadores que califiquen en lo establecido por el Gobierno podrán acceder al retiro del monto no máximo a S/2400 en la agencia bancaria en la que se les deposita su sueldo.

¿Quiénes tienen CTS?

-Tienen derecho del CTS, los trabajadores subordinados de una actividad privada (con contrato indefinido, a plazo fijo, a tiempo parcial y trabajadores-socios de cooperativas de trabajadores), que cumplan en promedio una jornada mínima diaria de 4 horas.

-Los trabajadores de las pequeñas empresas recibirán 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios.

-Los trabajadores del hogar recibirán 15 jornales por año.

-Los trabajadores de Construcción Civil perciben 15 % del total de sueldos básicos percibidos durante la prestación de servicios.

-Los trabajadores agrarios reciben la CTS incluida en su remuneración mensual.

¿Qué es la CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un ahorro forzado dispuesto en la legislación laboral del Perú, que tiene por objetivo ser un fondo de contingencia ante la falta de empleo.

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Diferencia entre CTS y AFP

En principio, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es una cuenta especial que la empresa crea para cada trabajador en planilla, la cual podrá cobrar en el momento que termine su vínculo laboral. Este monto se calcula en función al tiempo que el trabajador lleva laborando y se deposita dos veces al año: en mayo y en noviembre.

La AFP, por otro lado, es un fondo previsional al que todo trabajador en planilla o independiente aporta previa afiliación. A diferencia de la CTS, la empresa aporta mensualmente un porcentaje del sueldo bruto del trabajador, mientras dure su vínculo.

Cajas Municipales desembolsarían hasta S/ 1.000 millones en CTS

El presidente de la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (FEPCMAC), Fernando Ruiz Caro, estima un desembolso entre S/ 800 y S/ 1.000 millones por dicho concepto en todo el sistema de cajas.

Bancos han desembolsado más de 275 millones de soles

Debido las medidas adoptadas en el estado de emergencia, a partir del lunes 30 de marzo los trabajadores comenzaron a retirar hasta 2 mil 400 soles de su Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) para contar con liquidez durante este periodo. A la fecha, más de 200 mil clientes han retirado más de 275 millones de soles.

El 67% de este grupo lo hizo a través de canales digitales. El 33% de modo personal. Cabe mencionar que para acceder a la CTS, el trabajador podrá ingresar de manera inmediata al aplicativo o página web del banco.

Ejecutivo autoriza que empresas depositen la CTS de mayo en noviembre

El pasado 14 de abril, el Ejecutivo publicó hoy el Decreto de Urgencia de materia laboral en la que otorgan facilidades a las empresas para el cumplimiento del depósito de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

La norma indica que el empleador puede aplazar el depósito correspondiente a la CTS del mes de mayo de 2020, hasta el mes de noviembre del año en curso.

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