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Economía

Leche importada de Uruguay deberá cumplir con requisitos fitosanitarios

La finalidad es prevenir el posible ingreso de plagas o enfermedades, indicó el Senasa.

Senasa impone requisitos a la importación de leche de Uruguay
Senasa impone requisitos a la importación de leche de Uruguay

Este viernes, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) oficializó los requisitos fitosanitarios para la importación de leche y productos lácteos para el consumo humano de Uruguay. La finalidad, según indicaron, es que se prevenga un posible ingreso de plagas o enfermedades de ese país.

En ese sentido, se exigirá que dichos productos, cuando ingresen al Perú, cuenten con un Certificado Sanitario, expedido por la Autoridad Oficial Competente de Uruguay, donde se especifique que cumplió los requisitos impuestos por el Senasa.

Entre ellos, por ejemplo, se solicitará que el producto haya sido elaborado con leche procedente de rebaños y establecimiento de producción primaria que no tuvieron restricciones sanitarias en el momento de la recolección de la leche.

Asimismo, el establecimiento de producción primaria y al menos un área de 10 Km. a su alrededor, no esté ubicado en una zona bajo cuarentena o restricción de la movilización de animales, por causas sanitarias, durante los 60 días previos al embarque, por ejemplo.

Otros requisitos

- El producto fue elaborado con leche procedente de rodeos bajo programa de control oficial para Brucelosis y Tuberculosis, y proceden de animales libres de ambas enfermedades.

- El producto fue elaborado con leche sometida a uno de los siguientes tratamientos:

- Pasteurización rápida (HTST) de por lo menos 72° C, durante por lo menos 15 segundos si el pH es inferior a 7.

- Pasteurización rápida (HTST) durante dos (2) veces consecutivas si el pH es igual o superior a 7.

- Pasteurización lenta de por lo menos 63°C, durante por lo menos 30 minutos.

- Se tomaran las precauciones necesarias después del tratamiento para evitar el contacto de la leche o sus productos con cualquier microorganismo potencialmente patógeno para los animales que causen enfermedades infectocontagiosas de notificación obligatoria según la lista de la OIE.

- El producto fue sometido a inspección al momento del embarque, por la Autoridad Oficial Competente de Uruguay.

Por último, se dejó sin efecto la Resolución Directoral N° 001-2011 del Senasa, en el que se estableció requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio para la importación de determinadas mercancías pecuarias de origen y procedencia Chile y Uruguay.