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Economía

EsSalud: Estos son los procedimientos para solicitar el pago de prestaciones económicas

Esta mañana se aprobó el reglamento para el pago de subsidios por lactancia, sepelio, incapacidad temporal para el trabajo y maternidad dispuesto en la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

EsSalud: Estos son los procedimientos para solicitar el pago de prestaciones económicas
EsSalud: Estos son los procedimientos para solicitar el pago de prestaciones económicas

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), a través de Decreto Supremo publicado en el diario oficial El Peruano, aprobó el reglamento de reconocimiento y pago de prestaciones económicas de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

La norma es de aplicación para el otorgamiento de las prestaciones económicas correspondientes a los asegurados regulares, asegurados agrarios y otros que se determinen por ley. Los asegurados potestativos (independientes) se someten a las reglas de su contrato, quedando excluidos de la aplicación del reglamento.

El documento señala que EsSalud paga directamente los subsidios de lactancia y prestaciones por sepelio a los asegurados o beneficiarios. Asimismo, pagará directamente los subsidios por incapacidad temporal para el trabajo y maternidad, cuando se trate de los trabajadores del hogar, asegurados pescadores y procesadores pesqueros artesanales independientes, trabajadores portuarios con baja temporal, asegurados agrarios independientes, otros que sean incorporados por ley.

Sobre el pago

La prestación económica por lactancia es de un monto fijo de 820 soles por cada recién nacido y 2.070 soles como monto tope determinado para prestaciones por sepelio. Dichos montos pueden ser revisados y actualizados mediante Acuerdo del Consejo Directivo de EsSalud.

El cálculo por incapacidad temporal para el trabajo y maternidad se da en función al promedio diario de remuneración por los días de incapacidad para trabajar o licencia por maternidad. En el caso de los trabajadores bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), el cálculo tendrá como tope el 30% de la UIT vigente.

Es importante recordar que el pago de los subsidios se realiza en las entidades bancarias con las cuales EsSalud tenga convenio, a través de órdenes de pago que vencerá en cartera bancaria a los 20 días hábiles de haberse generado la misma.

Requisitos para solicitar reembolso

EsSalud sólo reembolsa a las entidades empleadoras de asegurados regulares y de asegurados agrarios los subsidios por Incapacidad Temporal para el Trabajo y Maternidad pagados a sus trabajadores o socios de cooperativa de trabajadores.

A fin de solicitar el reembolso, las entidades empleadoras deben cumplir con estar al día en el pago de las aportaciones que dan derecho al otorgamiento de las prestaciones económicas, contar con el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo del trabajador subsidiado, adjuntar la documentación complementaria que resulte exigible. Asimismo, deben presentar el formulario para pago de prestaciones económicas, en la forma, plazo y condiciones debidos,

Plazos de solicitud

Los plazos para la solicitud del pago directo o reembolso de prestaciones económicas a EsSalud son los siguientes:

a) Incapacidad Temporal para el Trabajo: plazo máximo de 6 meses contados a partir de la fecha en que termina la incapacidad.

b) Maternidad: plazo máximo de 6 meses contados a partir de la fecha en que termina el período máximo postparto, o desde la fecha de término del período de licencia consignada en el CITT. Para fines de esta evaluación, se considerará el plazo más favorable a la asegurada.

c) Lactancia: plazo máximo de 6 meses contados a partir de la fecha del período máximo postparto.

d) Sepelio: plazo máximo de 6 meses contados a partir de la fecha de fallecimiento del asegurado titular.

Asimismo, se señala que para los casos de prestaciones económicas por lactancia y por sepelio de pensionistas a quienes se les reconozca tal condición con posterioridad al nacimiento del menor o fallecimiento del pensionista, el período de prescripción se cuenta a partir de la notificación de la resolución que los reconoce como tales.

Causas de exclusión

El derecho a percibir prestaciones económicas se extingue si ya se hubiese producido el pago de la prestación económica o si se percibe una conducta fraudulenta para la obtención del subsidio.

De presentarse estos casos y el subsidio hubiese sido solicitado y pagado, EsSalud iniciará las acciones de recupero y las acciones administrativas y judiciales que correspondan.

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