Indecopi: Empresas están prohibidas de enviar publicidad a usuarios sin autorización
¡Atención! La ley permite que los proveedores llamen a los clientes una sola vez para solicitar su permiso para ofrecer un producto. Si la persona no acepta, no debe insistir.
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La tecnología a ampliado los canales para poder recibir información así como publicidad. Las empresas no lo han desaprovechado. Muchos peruanos reciben a cada instante llamadas, mensajes de texto y hasta spam por el correo electrónico de servicios y productos que ellos no han solicitado.
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Ante esta situación, el año pasado se aprobó una ley que prohíbe a las compañías y proveedores a insistir a los clientes con su publicidad. Recurrir a esta práctica está prohibida, recordó hoy el Indecopi.
¿En qué casos sí está permitido? Sólo cuando el cliente lo autoriza. No obstante, si primero lo aprueba y luego decide no querer recibir más publicidad, puede llamar a la empresa o compañía de servicios para anular la autorización.
Si se le está vulnerando su derecho como consumidor, entonces podrá hacer la denuncia o la queja a través del WhatsApp “No insista” del Indecopi: 999-273-647). Mediante esta vía debe indicar el nombre del proveedor, el detalle del producto o servicio ofrecido, el número de teléfono desde donde se hizo la llamada o correo electrónico y la fecha en que lo contactaron. Asimismo, debe indicar su nombre y número de DNI y un pantallazo del registro de la llamada o del mensaje recibido.





















