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Día del Trabajo: ¿cuál es la diferencia entre un feriado y un día no laborable?

El 2 de mayo fue declarado día no laborable por el Gobierno. Sin embargo, hay una diferencia con el 1, el cual es un feriado.

Aunque Perú tiene determinados feriados, hay días que se declaran como no laborales. Foto: Javier Quispe/Composición LR
Aunque Perú tiene determinados feriados, hay días que se declaran como no laborales. Foto: Javier Quispe/Composición LR

A lo largo del año, el Perú tiene 12 feriados, pero seguramente en algún momento escuchaste que el Gobierno declara ciertas fechas del calendario como día no laborable. Entonces, ¿cómo sé qué día se debería ir a trabajar? A continuación, te mostraremos las diferencias entre ambas fechas y si te corresponde cobrar alguna remuneración por tu trabajo.

El día feriado

Para empezar, los días feriados son establecidos por ley. Si el trabajador de todas maneras labora durante este día, el empleador tendrá que pagarle el valor más una sobretasa del 100%, la cual también se llama triple remuneración diaria.

Por ejemplo, si por día cobras S/ 50, la sobretasa es el doble, es decir, S/ 100 adicionales. Sumando todo, por el feriado laborado deberías cobrar S/ 150 en lugar de los S/ 50 cotidianos.

Conoce aquí que pagos extras te corresponderían recibir si trabajas o no el 1 de mayo. FOTO: Instagram / Economista

Conoce aquí que pagos extras te corresponderían recibir si trabajas o no el 1 de mayo. FOTO: Instagram / Economista

Por otro lado, hay un caso especial que solo sucede el 1 de mayo. Como es Día del Trabajador, hay un pago adicional. La sobretasa sería de S/ 150 y la suma total llegaría a S/ 200 por ese día trabajado.

Estos son los feriados del calendario de Perú que tiene cada año. En esa línea, tanto el sector público como el privado deben acatar:

  • Año Nuevo (01 de enero)
  • Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
  • Día del Trabajo (01 de mayo)
  • San Pedro y San Pablo (29 de junio)
  • Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
  • Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
  • Combate de Angamos (8 de octubre)
  • Todos los Santos (01 de noviembre)
  • Inmaculada Concepción (08 de diciembre)
  • Navidad del Señor (25 de diciembre)

Día no laborable

Los días no laborables, a diferencia de los feriados que son descansos pagados, solo son dictados por el Ejecutivo a través de un Decreto Supremo. Además, por este día sí se tienen que recuperar las horas no trabajadas, en previo acuerdo con el empleador. Asimismo, en el caso del sector público, los asuetos son de forma obligatoria, mientras que para el sector privado es opcional, por lo que depende de la empresa si está dispuesta a acogerse a la disposición o no.

Una de las razones por las que el Gobierno declara determinadas fechas como días no laborables es para incentivar el turismo, así como también promover el consumo de restaurantes y hoteles.

¿Qué hacer si no me quieren pagar por trabajar el día feriado?

Según el portal de derecho Legis, en caso no te reconozcan por el feriado trabajado, puedes acudir a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), organismo que se encargará de colocarle una multa a la empresa. No obstante, esto no asegura que recibas tu remuneración.

Por otro lado, el pago debe constar en la boleta del trabajador, si este no figura, se puede interponer una demanda ante el Poder Judicial, para que, de esta forma, se pueda exigir el monto en beneficio del trabajador.