¿Qué sucede si no tengo mi brevete electrónico a la mano durante una intervención policial?
El MTC habilitó la opción de tramitar una licencia de conducir electrónica desde cualquier parte del Perú. Conoce las condiciones del brevete digital y qué sucede si no lo tienes durante un operativo policial.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó, hace unas semanas, que ya se puede emitir una licencia de conducir electrónica en todo el país. Ante ese contexto, es válido que los conductores se realicen la siguiente interrogante: ¿qué sucede si un efectivo policial me interviene y no cuento con el brevete digital a la mano? En las siguientes líneas te lo respondemos.
Durante un viaje largo, puede ocurrir que nuestro dispositivo móvil, lugar donde podemos tener guardado nuestro brevete electrónico, se encuentre con la batería baja. Ante ello, muchas personas se preguntan si no poseer una licencia de conducir digital al momento de una intervención policial amerita caer en la infracción G58.
¿Qué sucede si no tengo mi brevete electrónico a la mano durante una intervención policial?
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, modificó el contenido de dicha infracción.
Para resolver esta consulta, el MTC explicó que un conductor será multado por no presentar su licencia de conducir.
Con la modificación, el nuevo texto de la G58 quedó de la siguiente manera: “No presentar la tarjeta de identificación vehicular, la licencia de conducir, salvo que esta sea electrónica”.
Eso quiere decir que si no portamos una licencia de conducir electrónica durante una intervención policial, no es causal de infracción. No obstante, lo que sí debemos de mostrar obligatoriamente es el documento de identidad para que la autoridad fiscalizadora pueda ingresar al Sistema Nacional de Conductores (SNC)y verificar si cuentas con un brevete electrónico vigente.
Para las personas que no cuenten con su licencia de conducir física (y no han tramitado la electrónica), sí les corresponde la infracción G58. Esta multa implica una suma de S/396, la retención del carro y 20 puntos en contra del récord del conductor.