“Esta declaración (de absolución), como es evidente, es forzosa en virtud de los cambios legales (Leyes 32108 y 32138) antes indicados, y que va a traer múltiples consecuencias en los procesos penales en los que, con anterioridad, se imputaron cargos bajo el artículo 317 del Código Penal (organización criminal, antes asociación ilícita)”, esta fue la advertencia de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema al aplicar las referidas normas y absolver obligadamente a la red criminal de Rodolfo Orellana.
Los jueces supremos estaban en lo correcto. No pasó ni una semana y los abogados ya han invocado la sentencia en el caso Orellana para intentar librar a sus clientes del cargo de organización criminal en dos casos de alto perfil.
Hablamos de las defensas de Agustín Lozano, el caído en desgracia presidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), y de Geiner Alvarado, aprisionado exministro de Vivienda del también recluido Pedro Castillo.
El último miércoles 13 de noviembre, el abogado de Lozano, César Mayta Acevedo, quien es parte del Estudio de Giulliana Loza, sustentó ante la jueza Soledad Barrueto el recurso de excepción de improcedencia de acción al amparo de la Ley 32138.
Si bien en este caso se investiga a Lozano por su condición de presidente de la FPF, no se trata del caso Los Galácticos del Fútbol. Se trata de una investigación que viene de 2022, en la que se le atribuye a Lozano integrar una organización criminal junto a otros directivos para adquirir entradas de cortesía y corporativas para revenderlas y beneficiarse con el dinero de las ventas.
Por este caso se le imputa los cargos de organización criminal, fraude en la administración de personas jurídicas y lavado de activos. El recurso presentado busca que se archiven los dos primeros delitos.
Durante su exposición, el abogado César Mayta invocó la casación 453-2022/Nacional, que absolvió a la gran parte de la red Orellana porque, aunque se comprobó la existencia de la organización criminal, no se cumplió con el nuevo requisito establecido en la Ley 32138: que el delito cometido tenga una pena mínima igual o mayor a 5 años de prisión.
El delito que habría cometido la organización criminal de Lozano es el de administración fraudulenta, que tiene una pena mínima de 3 años de prisión. Es decir, fuera del rango establecido por la Ley 32138.
Sumado a ello, la defensa del directivo afirma que no se pudo haber configurado un fraude a la FPF porque, al ser entradas de cortesía las que supuestamente se revendían, el dinero que se habría obtenido nunca fue considerado por la institución como un ingreso.
Agustín Lozano en el control de identidad luego de ser detenido.
El lunes 11 de noviembre, Humberto Abanto, abogado de Geiner Alvarado, sustentó al juez supremo de la investigación preparatoria Juan Carlos Checkley el pedido para que se archive la imputación contra el exministro. Ello al amparo de las Leyes 32108 y 32138.
Según Abanto, en el caso de su cliente no se cumple el requisito de control de un mercado o economía ilegal (introducido con la Ley 32108) ni el de una pena mínima de 5 años de prisión.
A la presunta organización criminal que habría integrado Geiner Alvarado, por supuestamente “copar” el Ministerio de Vivienda y gestar con el “Buró político” el decreto de urgencia 102-2021, se le atribuye haber incurrido en el delito de colusión simple, que tiene una pena mínima de 3 años.
“Desde ese punto de vista resulta indispensable revisar en este caso si nos encontramos efectivamente ante una imputación válida de organización criminal. Desde la perspectiva de la defensa de Geiner Alvarado, la modificación de las normas incluyendo la 32138 supone un cambio de situación jurídica radical e importante que imposibilita la viabilidad de la calificación de organización criminal en el caso concreto”, señaló Humberto Abanto.
Al igual que la defensa de Agustín Lozano, Abanto citó la sentencia casatoria 453-2022/Nacional. También invocó la casación 2637-2023/Nacional, que archivo el proceso por organización criminal contra Mario Castillo Freyre en el caso de los arbitrajes a favor de Odebrecht.
Geiner Alvarado, exministro de Pedro Castillo
El recurso de Agustín Lozano será resuelto primero en la Corte Superior Nacional por la jueza Soledad Barrueto. En dicha jurisdicción al menos dos jueces de investigación preparatoria han rechazado recursos similares.
En el caso de Geiner Alvarado, el recurso será resuelto por el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley. Será la primera vez en la que el magistrado resuelva un pedido de archivo al amparo de las nuevas normas sobre crimen organizado.