Investigaciones de IDL- Reporteros mostraron que en Ayacucho y en Juliaca, escenarios donde fallecieron 24 personas a causa de la represión de las fuerzas de orden durante las protestas en contra el Gobierno de Dina Boluarte y el Congreso, la Fiscalía no solicitó los videos de las protestas en los exteriores de los aeropuertos, materiales valiosos que podrían haber contribuido a hallar justicia por las muertes.
Por si fuera poco, el mencionado medio también pudo conocer que la concesionaria a cargo de ambos terminales aéreos, Aeropuertos Andinos del Perú, borró el material audiovisual que pudo contener pruebas contundentes de los responsables de las 24 muertes.
¿El motivo? Según confirmó el encargado de Aeropuertos Andinos del Perú, Abel Flores Quiroz, los videos estuvieron en su poder durante el periodo de 30 días. Después de este tiempo, se procedió a eliminarlos porque se rigen por "las regulaciones automáticas peruanas (RAP)".
Personas agredidas y fallecidos fueron atacadas en su mayoría a causa de la represión policial y del Ejército durante las protestas de los últimos meses. Foto: difusión
IDL-Reporteros envió una solicitud formal de transparencia informativa tanto el 25 de enero y 14 de febrero, respectivamente. La finalidad era tener evidencia que pueda servir para las diligencias respectivas que buscan justicia para los deudos de las 24 personas fallecidas por impactos de balas o perdigones, perpetrados por la Policía y el Ejército durante los días 15 de diciembre y 9 de enero.
El requerimiento fue registrado en la mesa de partes virtual de la concesionaria, pero nunca contestaron. Por esa razón, cursaron una segunda solicitud; no obstante, se obtuvo el mismo resultado.
Según lo indicado por Abel Flores, los videos ya se habían borrado en su totalidad cuando se los requirió el 14 de febrero porque solo tenían 30 días para almacenar el material. Sin embargo, respecto a la primera solicitud que IDL-Reporteros envió (el 25 de enero), Aeropuertos Andinos del Perú evitó pronunciarse.
"Nosotros nos regimos por las regulaciones aeronáuticas peruanas (RAP). Las RAP te dicen que el período mínimo de almacenamiento (de los videos) es de quince días. Nosotros hemos duplicado ese plazo: tenemos 30 días (de almacenamiento), pero cuando ustedes solicitaron hechos del 9 de enero, el 14 de febrero, en esa fecha ya se habían eliminado esos datos”, esbozó el directivo.
En tanto, el día de 21 febrero, fecha en la que recién la concesionaria contestó el pedido de los videos solicitados el día 14 febrero, agregaron que se encuentran impedidos de "proporcionar imágenes o videos a terceros no autorizados", ya que solo pueden aceptar la petición a miembros de la Policía Nacional o funcionarios del Ministerio Público.
En ese sentido, cuando se preguntó si la Fiscalía de la Nación había pedido el material probatorio por lo sucedido en las movilizaciones sociales, Flores Quiroz sostuvo que no recibieron ningún "requerimiento" del mencionado órgano del Estado y tampoco de las cuatro fiscalías comunes que están abocados en las pesquisas.
"No tenemos requerimiento. Si hubiera habido requerimiento en su momento, se hubiera entregado, ¿no?", comentó.
Según la mencionada norma que regula el uso de cámaras de videovigilancia, las grabaciones que registren hechos relacionados a delitos, faltas o si están relacionadas a una investigación de oficio, pueden ser almacenadas "por un periodo de tiempo mayor al establecido, haciendo de conocimiento (de) esta situación a la Policía Nacional".