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Política

Pedro Castillo nombró ante Fiscalización a abogada con colegiatura inactiva en el CAL

Más de una docena de abogados se incorporaron y luego renunciaron a la defensa legal del exjefe de Estado, quien tiene 2 prisiones preventivas por su intento de golpe de Estado y por organización criminal.

Pedro Castillo
Castillo Terrones se encuentra recluido en el penal de Barbadillo, juntos a Alberto Fujimori y a Alejandro Toledo. Foto: Presidencia

Este miércoles 26, el expresidente de la República Pedro Castillo se presentó ante la Comisión de Fiscalización del Congreso para responder por los presuntos actos de corrupción en la ejecución de los proyectos de inversión financiados por las municipalidades de Anguía, Chachapoyas, Chadín; así como los financiados por el Ministerio de Vivienda al amparo del Decreto de Urgencia N° 102-2022. Durante la sesión, se dio cuenta de que se acreditó a una nueva abogada como parte de la defensa del exjefe de Estado.

Se trata de la abogada Llissett Marjhory Garrido Ortiz, con CAL N° 69238. La República pudo corroborar que —tras una búsqueda en el portal de agremiados— que la letrada se encuentra con el estado “inactivo” de su colegiatura ante el Colegio de Abogados de Lima (CAL). Esto fue motivo de un llamado de atención del titular de la Comisión de Fiscalización.

“La mencionada letrada no ha puesto su firma y su número de colegiatura”, señaló el fujimorista Héctor Ventura al inicio de la sesión, por lo que pidió al expresidente Pedro Castillo y a su abogado Eduardo Pachas, quien lo acompañaba en el penal de Barbadillo, que confirmaran su deseo de incorporar a Llissett Garrido como parte de su equipo legal.

En respuesta, Castillo Terrones respondió de la siguiente manera para mostrar su conformidad pese a la observación: “Ambos están presentes”, dijo en referencia a sus abogados Pachas y Garrido. Tras ello, insistió nuevamente ante la Comisión de Fiscalización su deseo de presentarse de manera presencia y no virtual, como ha venido ocurriendo.

Este medio consultó a una fuente experta en derecho penal, quien señaló que un abogado pude figurar como “inactivo” en su colegiatura ante CAL por haber cometido una falta o simplemente no estar al día en los pagos que se realizan al Colegio de Abogados. Fuera de ello, advirtió que es un tema subsanable dependiendo del motivo, más aún si es por un tema económico.

Se necesita la licencia en el CAL para litigar

Un defensor legal para poder ejercer su profesión necesita contar con una habilitación vigente ante el CAL. En septiembre del 2020, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas —a través de la resolución 0189-2020/CEB.INDECOPI— resolvió que “se declara barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar una constancia de habilitación profesional expedida por el Colegio de Abogados en el que el abogado se encuentre registrado para poder litigar en el Poder Judicial”.

Esa disposición tuvo vigencia por unos meses. En diciembre del 2021, Indecopi anuló la resolución que permitía a letrados litigar sin presentar su constancia de habilitación mediante la resolución 0650-2021/SEL-Indecopi: “La razón es que la primera instancia admitió a trámite la denuncia sin realizar las actuaciones de instrucción necesarias para determinar la oponibilidad de la citada medida a los denunciantes y/o abogados que presten servicios legales litigando en el Poder Judicial”.

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