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Política

Fiscal Chávez Cotrina a la gestión de Dina Boluarte: "No le interesa la preocupación de la ciudadanía"

Gobierno de Dina Boluarte no observó la modificación de la Ley contra el Crimen Organizado al vencerse el plazo que otorga las normas.

Representante de la Fiscalía advierte que las investigaciones podrían perjudicarse con la modificación de la Ley contra el Crimen Organizado. Foto: composición LR.
Representante de la Fiscalía advierte que las investigaciones podrían perjudicarse con la modificación de la Ley contra el Crimen Organizado. Foto: composición LR.

El fiscal superior titular y coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Jorge Chávez Cotrina, conversó con La República respecto a que el Gobierno liderado por la presidenta Dina Boluarte no observó la ley que modifica la lucha contra el crimen organizado, propuesta que fue aprobada por el Parlamento Nacional hace unas semanas.

El representante del Ministerio Público indicó que esperarán que se haga oficial la publicación de la referida ley para conocer los resultados concretos. Recalcó que desde el anuncio de modificar la norma que permitía luchar contra diferentes grupos criminales, diferentes sectores han mostrado su preocupación. Sin embargo, indicó que la gestión de Boluarte Zegarra no le preocupa que esta ley sea perjudicial para la ciudadanía.

"Que salga publicado en el diario El Peruano para conocer los resultados concretos, mientras tanto hay que tener paciencia. Lo hemos dicho hasta el cansancio, no solamente quien habla, sino también muchos juristas y otros entes que incluso empresarios han manifestado la preocupación ante esta norma, parece que al Gobierno no le interesa las preocupaciones de la ciudadanía", señaló en conversación con este medio.

Abogados de investigados podrán aplicar la nueva Ley de Crimen Organizado en caso sea promulgada, indica Jorge Chávez Cotrina

El magistrado Chávez Cotrina indicó que en caso la nueva Ley contra el Crimen Organizado sea promulgada, los abogados de los acusados podrán ejercer la aplicación de esta norma, debido a que, al ser oficializada por los poderes del Estado, lo que demandará que los jueces y fiscales del Ministerio Público se adecuen a los hechos de la "nueva normatividad".

"En otras palabras, la norma penal, si es que favorece a los investigados y al procesado, puede ser aplicada al caso concreto. Es lo que se conoce como la retroactividad benigna de la ley penal. Entonces, si esta norma se promulga, porque todavía no se ha promulgado, los abogados con justa razón y dentro de su derecho van a solicitar que se aplique la norma en los casos judiciales y van a solicitar que tanto fiscales como jueces adecuen los hechos a la nueva normatividad", enfatizó.

Gobierno de Dina Boluarte no observó iniciativa que modifica la Ley contra el Crimen Organizado

El Poder Ejecutivo liderado por la presidenta Dina Boluarte no observó la propuesta promovida por el congresista de la bancada de Perú Libre, Waldemar Cerrón, la cual modifica la Ley contra el Crimen Organizado para excluir 59 tipos penales, de los 91 originalmente incluidos.

Entre estas modificaciones, la que ha llamado la atención y ha sido criticada por distintos juristas es que esta nueva Ley, una vez que sea publicada en el diario Oficial El Peruano, los allanamientos ahora tendrán que contar con la presencia de los abogados de los investigados e incluso de los propios procesados.

¿Qué cambios propone la nueva Ley contra el Crimen Organizado?

El Proyecto de Ley N.° 5891/2023/CR, que modifica la Ley contra el Crimen Organizado, contiene diversos cambios que perjudicarían a la ciudadanía. De los 91 tipos penales que hay en total, se excluyen 59. Con ello, la tala ilegal, la estafa agravada, la venta de órganos, el enriquecimiento ilícito y el tráfico ilícito de migrantes ya no serían considerados delitos graves.

Lo que propone Cerrón es que los delitos que no tengan penas de cárcel mayores a seis años ya no sean considerados "graves". De esta forma, las acciones ilícitas antes mencionadas evitarían un proceso judicial más riguroso.

Otra de las modificaciones es sobre el proceso de allanamiento de inmuebles o lugares cerrados que no estén relacionados con un flagrante delito. La iniciativa establece que este solo procederá si existen motivos razonables y suficientes pruebas que lo justifiquen. Además, este proceso deberá realizarse en presencia del interesado y su abogado.

En caso de que el interesado no cuente con abogado, se deberá proveer uno de oficio o, alternativamente, contactar al Colegio de Abogados local para que asista al imputado. De manera excepcional, el registro podría realizarse en presencia de un familiar adulto del interesado o, en su defecto, de dos testigos vecinos del lugar.

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