La mandataria Dina Boluarte promulgó el miércoles la Ley 31988, que modifica 53 artículos de la Constitución para el retorno a la bicameralidad. Los cambios fueron aprobados únicamente por el Parlamento, sin consulta pública. Ahora, la ciudadanía tendrá que elegir a 130 diputados y 60 senadores, y hay otros aspectos que el Congreso incluyó sin mayor debate.
El artículo 100 de la Constitución establecía un procedimiento para que el fiscal de la Nación, de manera obligatoria, formule denuncia ante la Corte Suprema, cuando el Congreso aprueba una resolución acusatoria contra altos funcionarios.
Ahora, con la reforma aprobada por el Congreso, el fiscal de la Nación ya no estará obligado a tramitar la denuncia, sino que tendrá la libertad de decidir hacerlo o también podría archivarlo. El nuevo texto precisa que “el fiscal de la Nación evalúa, conforme a sus atribuciones, en el ejercicio de la acción penal”. De este modo, la más alta autoridad del Ministerio Público podrá tener márgenes hasta de negociación para formular o no una denuncia.
Con el precedente de la suspendida Patricia Benavides y su actitud de blindaje hacia determinados actores políticos, esta lectura cobra más vigencia. El titular del Poder Judicial, Javier Arévalo, consideró esta reforma como “un retroceso terrible en la lucha contra la corrupción de altos funcionarios”.
El Congreso también modificó el artículo 90 y estableció un mínimo de edad para poder postular a la futura Cámara de Senadores: 45 años.
Esta regla, sin embargo, se aplicará a todos los peruanos, menos a un grupo reducido de congresistas que tendrán el privilegio de poder postular al Senado con menos años. Y es que la norma dice que se requiere haber cumplido 45 años de edad o haber sido congresista.
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De acuerdo al detalle de los años de nacimiento de los actuales congresistas, 32 tendrán el privilegio de poder postular sin cumplir con el mínimo de edad que sí será obligatorio para los demás peruanos.
Entre ellos se encuentran varios legisladores de Fuerza Popular, como Tania Ramírez, Rosangella Barbarán o la sentenciada por adulteración de documentos Vivian Olivos. También están Adriana Tudela, Yessica Amuruz, Alejandro Cavero, entre otros. A ellos se suman un reducido grupo de excongresistas, con lo cual la regla es sumamente restrictiva.
Los legisladores también impusieron, dentro de la reforma de la bicameralidad, el retorno a la reelección inmediata e indefinida. Esta regla aplicará para los 130 actuales congresistas, quienes podrán postular para ser diputados o senadores.
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Si bien un sector de la academia considera importante esta reforma, desde la ciudadanía hay todavía rechazo a esta opción. Según el sondeo de noviembre del 2023, del Instituto de Estudios Peruanos (IEP), el 58% estaba en contra de la posibilidad de que los congresistas puedan reelegirse, contra un 40% que respondió a favor.
Durante los escuetos debates en el Congreso, quienes defendían la reelección inmediata argumentaban que son los ciudadanos quienes finalmente deciden si le dan o no una nueva oportunidad a un legislador.
Sin embargo, con el sistema precario de elecciones internas que tenemos, los dueños de los partidos imponen candidatos y otorgan los principales números de lista a sus allegados, y la oferta termina siendo pobre.
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Una cuarta reforma de fondo está relacionada con el balance de poderes. El artículo 130 de la Constitución establecía que, al asumir sus funciones, un nuevo jefe del gabinete ministerial estaba obligado a presentarse ante el Congreso para exponer las medidas de su gestión y plantear cuestión de confianza.
Si el Congreso rechazaba la confianza, el Ejecutivo podía contabilizar esta denegatoria para un eventual cierre. Es decir, era una herramienta para ejercer el contrapeso político.
Ahora, los congresistas eliminaron esta cuestión de confianza obligatoria y dejan al Poder Ejecutivo más debilitado.
En contraparte, no modificaron nada sobre la vacancia por incapacidad moral permanente del presidente. Los futuros diputados o senadores podrán seguir sacando presidentes con amplia discrecionalidad. El constitucionalista Diego Pomareda apuntó que el procedimiento sobre si el presidente es vacado por los diputados o senadores tampoco está claro y se definirá en un reglamento.