A través de un comunicado público, el Ministerio Público utiliza un proceso judicial en trámite contra un abogado para justificar las acciones de investigación, vigilancia y seguimiento secreto a dos periodistas.
Además, se pretende sostener que un artículo critico de la labor de los fiscales se constituye en un acto de obstrucción a la justicia. Con ese argumento, los periodistas no podrían fiscalizar la labor de los jueces, fiscales o procuradores porque estarían cometiendo un delito perseguido penalmente.
El comunicado niega que los periodistas hayan sido seguidos, videovigilados y se les levantara el secreto de sus comunicaciones, pero lo cierto es que la investigación secreta existió y esta sustentada en documentos de la Fiscalía y la Procuraduría General del Estado.
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El proceso judicial que se utiliza para negar la realidad es uno seguido al abogado José Luis Castillo Alva. En ese caso, que data del año 2019, los periodistas no han tenido ninguna intervención.
La investigación secreta es otra carpeta y otro caso distinto.
Pero el comunicado tampoco tiene en cuenta ni informa que los periodistas Juan Carlos Tafur de Sudaca y César Romero Calle del diario La República fueron citados a declarar, en julio del 2023, en calidad de testigos expertos, esto es, su condición de periodistas sobre los mismos artículos que el comunicado considera obstrucción a la justicia.
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El comunicado del Ministerio Público, Fiscalía de la Nación, también ignora que el tercer despacho del equipo especial nos comunicó una investigación archivada de la que fuimos parte y que la Procuraduría ha apelado para que el caso se reabra y se tenga como investigados a los periodistas.
Así, ni el fiscal Andy Rodríguez ni el equipo especial Cuellos Blancos del Puerto ni el comunicado del Ministerio Público responden lo central de nuestra denuncia pública: ¿por qué fue necesario investigar y seguir a dos periodistas de manera secreta?
Ante esta situación, sería interesante que el Ministerio Público, en un afán de transparencia, haga público el informe jurídico que sustenta su comunicado. ¿Se ha recogido toda la información de la carpeta fiscal 87-2023 o solo una interpretación de alguien interesado?
También debería hacerse pública la pericia técnica que establece que un artículo periodístico se constituyó en un acto de obstrucción a la justicia. Si, según el comunicado, ya existe una sentencia que considera que los periodistas cometieron obstrucción a la justicia, ese documento debe publicarse y también las pruebas de esa afirmación.
La resolución de la Quinta Sala Penal de Apelación Nacional que menciona el comunicado no es una sentencia. Los jueces nunca han juzgado ni sentenciado a los periodistas. Esa resolución se refiere a hechos y personas que no tienen relación con los periodistas ni los medios de comunicación.
Los jueces se limitaron a recoger los argumentos de la Fiscalía sobre la probable conducta ilícita, repetimos, de un tercero, en un proceso totalmente distinto a la carpeta secreta.
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Con el comunicado público, la Fiscalía atribuye a los periodistas una conducta ilícita sin habernos dado el mínimo derecho a la defensa. La idea de que una noticia obstruye una investigación sí impediría el libre ejercicio de la libertad de prensa.
Aunque no tenemos acceso al expediente judicial, por documentos hechos públicos por el fiscal Andy Rodríguez, hemos advertido que para sustentar el presunto peligro procesal, ante la Sala Penal de Apelaciones, la Fiscalía presentó un número telefónico que no pertenece al periodista César Romero.
Con ese numero desconocido se probaría las supuestas llamadas del periodista en enero y marzo del 2014 que sustentarían la presunta obstaculización producida el mes de abril del 2023.
La República y sus periodistas han buscado no tocar procesos de terceros al realizar su denuncia. Es la Fiscalía la que los menciona.