Al acoger una demanda de habeas corpus, la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Ventanilla ordenó que el Instituto Nacional Penitenciario retorne al reo Vladimiro Montesinos Torres al centro penal especial de la Base Naval del Callao para terminar de cumplir su condena.
En agosto del 2021, el INPE dispuso el traslado de Montesinos al penal de Ancón II en Piedras Gordas, como una sanción a su régimen carcelario al establecerse que tenía libre acceso a llamadas telefónicas con el exterior, en un centro penitenciario bajo control militar.
Ante esa decisión, los abogados de Montesinos presentaron una demanda de habeas corpus al considerar que la decisión de las autoridades penitenciarias pone en riesgo su salud y vida.
La demanda de habeas corpus fue acogida por la Sala de Apelaciones de la Corte de Ventanilla, que integrarían los magistrados Ana Vásquez Bustamante, Juan Hurtado Poma y Gloria Calderón Paredes. Los magistrados señalan que es inaplicable el decreto supremo que permitió el cambio de reclusión del exasesor del expresidente Alberto Fujimori y jefe de facto de los servicios de inteligencia.
“La modificación del artículo 62º del Reglamento del Código de Ejecución Penal ha sido efectuada de forma irregular, ya que tal modificatoria se ha efectuado mediante un decreto supremo y no mediante una norma con rango de ley”, refiere la sentencia.
Los jueces subrayan que el INPE afectó el derecho de Montesinos a recibir un trato digno al cambiarlo de penal, luego de descubrirse que tenía acceso a llamadas ilimitadas en las que incluso pone en riesgo la democracia.
Custodiado. Agentes de la SUAT y de la Diroes participaron en el operativo de traslado. Foto: Poder Judicial
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En las llamadas telefónicas, Montesinos recomendaba contactar a asesores del Jurado Nacional de Elecciones en busca de alterar el resultado de las últimas elecciones presidenciales que eran contrarias a los intereses del fujimorismo.
Las investigaciones administrativas detallaron que Montesinos solicitó tener autorización para hacer llamadas personales, lo que utilizó para realizar contactos políticos con los que pretendía alterar el resultado del proceso electoral.
En la investigación se determinó que las autoridades militares encargadas de su reclusión no vigilaron, como debían hacerlo, con quién se comunicaba el reo.
Así, el INPE determinó cambiarlo a un centro penitenciario común donde sus llamadas pudieran tener un mejor control de su objeto y contenido.
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En la sentencia, que trascendió horas antes del partido de la selección de fútbol, los jueces ordenan al INPE restituir los derechos del recluso Vladimiro Montesinos anteriores a su traslado al penal de Ancón II.
Esto supondría permitirle libre acceso a llamadas telefónicas con contactos militares y políticos, como los que se conocieron en julio-agosto del 2021 y que determinaron su traslado a un penal común, bajo administración civil.
Las investigaciones administrativas determinaron que en la Base Naval, Montesinos tenía acceso hasta a dos horas de llamadas telefónicas diarias sin ningún control de las autoridades, lo que aprovechó con fines políticos, contrarios a un régimen carcelario.