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Política

Abogada de Keiko Fujimori y otros acusados por obstrucción a la justicia estarán sin restricciones

Tribunal estableció que se vulneraron derechos de los abogados involucrados en el caso Cócteles, luego de que el juez Víctor Zúñiga impusiera las limitaciones pese a que la Fiscalía no sustentara el “peligro de fuga” de los investigados.

larepublica.pe
Defensa. Giuliana Loza anuncia que apelará a sala superior. Foto: Antonio Melgarejo

Giulliana Loza, Arsenio Oré Guardia, Luis Lazo, Lorena Gamero, Danae Calderón y Edward García Navarro no tendrán ninguna limitación para poder comunicarse directa o indirectamente con testigos, colaboradores eficaces e investigados del caso Cócteles contra Keiko Fujimori.

Así lo determinó una resolución de la Segunda Sala de Apelaciones que sostuvo que la medida que dictó el juez Víctor Zúñiga contra los letrados el 25 de agosto de 2021 vulneró sus derechos a la defensa.

Según el documento al que accedió La República, hay dos razones por las que los jueces Iván Quispe, Edgar Medina y Walter Gálvez eliminaron las limitaciones de los abogados. Una de ellas obedece a que el juez Zúñiga, en primera instancia, valoró hechos de la acusación fiscal (presentada en marzo de 2021) para emitir su decisión, cuando debió haber tomado en cuenta las imputaciones y hechos que presentó el fiscal José Domingo Pérez en su pedido de restricciones formulado a fines del 2018.

“Al haberse tramitado y resuelto el requerimiento de medida cautelar con una sustentación fáctica diferente de aquella que se encontraba vigente al momento en que se emitió la resolución apelada y con invocación de peligro procesal diferente al consignado en el requerimiento inicial, evidencia el quebrantamiento del derecho de defensa de los apelantes”, señala la resolución.

El tribunal también sostuvo que el magistrado Zúñiga consideró el “peligro de fuga” contra los abogados cuando la Fiscalía no presentó por escrito este argumento en su pedido de restricciones.

Al respecto, la defensa de Giulliana Loza, el abogado Juan Carlos Portugal, manifestó: “lo que hizo la Sala a través de la resolución es lo que debe hacer un juez: asegurar el debate en clave de garantizar la igualdad procesal y el derecho a al defensa, para que el suelo esté parejo entre Fiscalía y defensa. La resolución no solo advierte una infracción al principio de congruencia de la imputación fáctica entre el requerimiento de comparecencia con restricciones y el requerimiento acusatorio recaída sobre mi clienta, así como le resto de abogados investigados, sino que -además- la desestima, porque el señor juez de primera instancia determinó la existencia de un supuesto peligro de fuga cuando el Fiscal postuló por escrito otro tipo de peligro, esto es, el peligro probatorio, con lo que se relaja el derecho a la defensa y la presunción de inocencia de mi defendida”.

Obstrucción a la justicia

Durante la investigación del caso Cócteles, el fiscal José Domingo Pérez pidió, el 14 de diciembre de 2018, que se impongan restricciones contra los seis abogados mencionados anteriormente. Sin embargo, tras 19 recusaciones (intentos para apartar a los jueces del caso), la solicitud se pudo evaluar recién a mediados de 2021.

Para aquel momento, la Fiscalía ya había presentado su acusación de 30 años de cárcel contra Keiko Fujimori. También lo hizo contra Giulliana Loza y otros abogados por el presunto delito de obstrucción a la justicia.

La Fiscalía postuló que los seis abogados habrían contribuido a la manipulación de versiones de testigos para el caso Cócteles y con amenazas a quienes revelaron ser falsos aportantes para la campaña presidencial de Fuerza 2011.