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Política

Pedro Chávarry: rechazan recurso que buscaba anular investigación por remover a fiscales

Sala Penal Especial de la Corte Suprema ratificó su decisión para que el fiscal supremo Pedro Chávarry continúe en el proceso legal en su contra por el delito de encubrimiento real.

Pedro Chavarry
Pedro Chavarry

Pedro Chávarry continuará bajo la investigación por el delito de encubrimiento real, referida a la orden de remoción de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez, luego que la Sala Especial de la Corte Suprema haya declarado improcedente el recurso de nulidad que interpuso la defensa legal del fiscal supremo imputado.

A través de la resolución suprema, con fecha del último jueves, la entidad judicial respondió al mecanismo impugnatorio presentado en contra de la decisión de reaperturar el proceso legal en su contra.

Este caso también es por solicitar información sobre el acuerdo de colaboración eficaz con la empresa Odebrecht, pese a que este es secreto, lo que representó un abuso de poder, según los fiscales que llevaban el caso.

La Sal, liderada por Elvia Barrios, explica en su resolución que el recurso de nulidad presentado en favor del fiscal supremo “no está previsto” para “este tipo de supuestos”, referido a una revocatoria de una declaración infundada.

“En ese contexto, al no estar previsto legalmente el recurso de nulidad para este tipo de supuestos, éste órgano jurisdiccional se encuentra en la imposibilidad jurídica de concederlo”, se lee en el considerando siete.

Sala ordena que continúe proceso contra Chávarry

A inicios de este mes, la Sala revocó la decisión del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema, de noviembre del año pasado, que declaró infundada la imputación en contra del fiscal supremo, pasando a archivar el caso.

En ese entones, el juez supremo Hugo Núñez sostuvo que los hechos imputados a Chávarry Vallejos no constituyen delito de encubrimiento real. Cabe señalar que este delito es el único por el que puede ser procesado, de acuerdo a lo acordado en el Congreso de la República disuelto.

De esta manera, la Sala Especial de la Corte Suprema ordena que continúe el proceso y con la resolución conocida este viernes, se ratifica esta decisión. El delito de encubrimiento personal tiene una pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.

Corte Suprema rechaza recurso de nulidad.

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