
El Jurado Nacional de Elecciones oficializó la exclusión de la postulación de Anturo Humala al Congreso en estos comicios 2020, con la lista de Lima del partido Unión por el Perú (UPP).
Lo precisado por el JNE fue que un candidato a parlamentario de la República no puede tener condenas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de delito doloso.
En la resolución emitida se indica que el Jurado Electoral Especial, de acuerdo a sus atribuciones, ha aplicado la ley electoral vigente, mas no ha asumido atribuciones de un juez penal, como “parece interpretar la apelante". Agregan que tampoco han limitado la libertad personal de Antauro Humala, para prestar servicios o utilizar sus días libres.
“No es ilegítimo aplicar el impedimento establecido en el artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones”, señala el pleno del JNE. Esta normativa se rige desde el 9 de enero del 2018, en la que fue su publicación, y mucho antes de la convocatoria de los comicios 2020.
Cabe recordar que el hermano del ex jefe de Estado Ollanta Humala cumple una condena efectiva de 19 años por el caso “Andahuaylazo”, en el que asaltó una comisaría y murieron cuatro agentes.
El Poder Judicial lo declaró responsable de homicidio simple, arrebato de armas de fuego, daño agravado, secuestro agravado y delitos de rebelión en perjuicio del Estado y la Policía Nacional.





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