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Opinión

Poder Judicial debe respetar el derecho a la protesta

Prisión preventiva dictada contra joven que ejercía su derecho a la protesta carece de proporcionalidad jurídica.

Editorial
Editorial

La movilización ciudadana autoconvocada por la llamada Generación Z ha sido una expresión legítima de rechazo a las medidas de un Ejecutivo y un Congreso autoritarios que gobiernan y legislan en contra de los peruanos. Así lo han recalcado durante las marchas de los últimos días que reflejan la indignación juvenil frente al daño que se le viene haciendo al país de manera sistemática.

En este contexto, el caso de Samuel Rodríguez, joven de 21 años enviado a prisión preventiva, debe ser examinado con rigor. El Poder Judicial tiene la obligación de actuar bajo el principio de proporcionalidad, evaluando no solo la gravedad del delito imputado, sino también la existencia de pruebas suficientes de peligro procesal.

Hasta el momento, nada de ello ha sido demostrado con solvencia. De acuerdo con un informe de La República la defensa acreditó arraigo familiar y social, y el propio Rodríguez afirmó que únicamente reaccionó ante los golpes de agentes policiales durante la marcha del fin de semana pasado.

Por lo tanto, criminalizar esa reacción, sin que el juez pondere las circunstancias, supone un exceso que raya en el abuso de poder. Y, al respecto, las razones jurídicas son claras.

La prisión preventiva es una medida excepcional, nunca una sanción adelantada. La Constitución, el Tribunal Constitucional y la jurisprudencia internacional coinciden en que solo procede cuando el riesgo de fuga u obstaculización de la justicia está plenamente acreditado.

Que quien administra la justicia insista en este criterio desproporcionado, advertiría más que un precedente fácil de discutir desde el Derecho, un abuso de las normas contra quienes hoy protestan.

En ese sentido, si esta decisión de primera instancia no se corrige en las siguientes etapas, la justicia peruana correrá el riesgo de imitar prácticas propias de regímenes autoritarios. Basta ver las lamentables experiencias que sufren Venezuela y Nicaragua, donde se usa la maquinaria judicial para intimidar y silenciar la protesta social, para estar plenamente alertados sobre lo que puede hacer el abuso de poder.

El Poder Judicial debe recordar el respeto al derecho a la protesta -y a las garantías procesales- es un deber constitucional que el Estado debe cumplir con legalidad y proporcionalidad. Por ello, la prisión preventiva jamás debe ser usada como herramienta de escarmiento.

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