
Por Óscar Maurtua de Romaña, embajador
La reciente afirmación del presidente colombiano Gustavo Petro, cuestionando la soberanía peruana sobre la erróneamente llamada “Isla Santa Rosa”, ha reavivado tensiones obsoletas entre dos naciones que comparten fuertes vínculos en común, a la par de mecanismos multilaterales de gran envergadura como la Comunidad Andina (CAN), la Alianza del Pacífico (AP), la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA), entre otros; razón por la cual la Cancillería peruana ha tratado el tema con la minuciosidad, cautela y bajo los modales internacionales que caracterizan a nuestra política exterior.
Es preciso señalar que la postura peruana sostiene que el límite fluvial entre ambos Estados se estableció siguiendo el thalweg (línea de mayor profundidad en el río). A partir de dicho criterio se señalaron las coordenadas geográficas, las cuales son inalterables y garantizan que la frontera permanezca intacta frente a los posibles cambios naturales en el cauce. Este mecanismo otorga seguridad jurídica y evita la renegociación de límites ante variaciones hidromorfológicas, pues no se trata de llegar al absurdo de negociar nuevos límites cada vez que haya movimientos o desplazamientos. Con ello queda claro que no existe fundamento legal alguno para reabrir la definición de la frontera, que, conforme al derecho internacional, es pétrea, esto es, a perpetuidad.
Tales aseveraciones se fundamentan en sendos instrumentos como el Tratado Salomón–Lozano de 1922 y el Protocolo de Río de Janeiro de 1934 (que reafirma lo acordado en 1922), así como en las actas de la Comisión Mixta Demarcadora de 1929, donde se asignó expresamente la Isla Chinería y su población de Santa Rosa al Perú. La política exterior peruana, fiel a su tradición bicentenaria, se guía por el principio del pacta sunt servanda, asegurando el cumplimiento de los compromisos internacionales y la estabilidad de sus fronteras.
En este marco, estimo conveniente resaltar el rol de la Comisión Mixta Permanente para la Inspección de la Frontera Peruano-Colombiana (COMPERIF), creada en 1986, que cumple un rol estrictamente técnico: inspeccionar la línea fronteriza, reponer y densificar hitos, así como registrar cambios físicos en las zonas fluviales limítrofes. Dicha Comisión carece de competencias jurisdiccionales y administrativas para renegociar tratados o redefinir límites soberanos, que están perfeccionados a cabalidad. La reunión programada para el próximo 11 y 12 de septiembre —que considero conveniente— representa un espacio para la verificación y mantenimiento de la frontera acordada, mas no para alterar el estatus jurídico vigente. Reabrir el debate limítrofe en este foro excedería su mandato y vulneraría el marco normativo actual.
Es necesario subrayar, además, que el cuestionamiento colombiano es reciente en la cronología bilateral: Colombia comenzó a objetar la soberanía peruana sobre Santa Rosa, expresamente, recién en el año 2012, más de ocho décadas después de la suscripción del Tratado de 1922 y de la asignación de la isla. Este retraso no solo debilita la solidez de la reclamación, sino que contrasta con la evidencia cartográfica certificada del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (2017) —entidad colombiana que elaboró el mapa oficial— que reconoce la jurisdicción peruana sobre el territorio. En términos diplomáticos, ello confirma que la soberanía peruana ha sido reafirmada no solo por el derecho escrito, sino por la práctica estatal continua y aceptada explícitamente por Colombia durante décadas.
Por otro lado, el trasfondo de esta controversia trasciende lo jurídico y se vincula a factores geopolíticos y ambientales. Según el propio presidente Petro, el desplazamiento progresivo del cauce del Amazonas hacia territorio peruano amenaza con dejar a la ciudad de Leticia sin acceso navegable al río en las próximas décadas. Dicho fenómeno, si bien traería repercusiones socioeconómicas profundas para Colombia, también afectaría a la costa ribereña peruana, dañando su conectividad y comercio fluvial. Cabe resaltar que dicho riesgo no justifica la reinterpretación unilateral de tratados consolidados, sino que plantea la necesidad de fortalecer la cooperación bilateral en materia ambiental y de gestión de cuencas amazónicas.
En tal sentido, la vía diplomática más constructiva no radica en cuestionar fronteras ya definidas, sino en aprovechar los mecanismos bilaterales y regionales para enfrentar retos comunes. La Amazonía es un espacio de interdependencia, donde el cambio climático y las alteraciones hidrológicas requieren soluciones conjuntas y sostenibles. El respeto a los tratados internacionales y al derecho internacional no es incompatible con la búsqueda de soluciones creativas para garantizar el acceso y la preservación de los recursos. La experiencia histórica demuestra que la paz fronteriza se construye sobre la base de reglas claras, compromiso mutuo y cooperación estratégica; principios que deben prevalecer por encima de cualquier tentación de reabrir una cuestión ya resuelta.

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