Cargando...
Opinión

El impuesto Netflix y la agenda del siglo XXI, por Humberto Campodónico

Quizá lo más importante a destacar es que la OMC decidió apoyar a las empresas digitales, pues las consideró una ‘industria naciente’ de la más alta importancia.

larepublica.pe
Humberto Campodónico

Hace unos días se promulgó el Decreto Legislativo 1623 que establece, en lo esencial, que las personas naturales usuarias de servicios digitales deberán pagar, a partir de octubre, el IGV de 18%. Esto no sucedía hasta ahora porque las empresas prestan sus servicios desde el extranjero y no están domiciliados en el Perú. Entre las empresas más importantes: Netflix, Amazon, Uber, Cabify, Disney +, entre otros.

El Gobierno ha tomado esta medida para tener una mayor recaudación, debido a los problemas fiscales que enfrenta. Con esta medida se afirma que el Gobierno espera recaudar 600 millones de soles por el IGV de 18%, lo que significaría que el ingreso por ventas de esas empresas es de S/3,300 millones al año.

La polémica se genera por varias razones, siendo una de ellas que dichas plataformas no pagan impuesto a la renta en el Perú ni tampoco se les cobra un arancel aduanero por la venta de sus servicios digitales, a diferencia de todos los demás bienes y servicios. Otra de las críticas es que este nuevo pago del IGV va a recaer, esencialmente, sobre la clase media, lo que agravará la desigualdad ya existente en la distribución del ingreso. Vayamos por partes.

La Ronda Uruguay y los “nuevos temas”

Las tecnologías de la información y el conocimiento toman fuerza desde fines de los años 70, comenzando por los medios de comunicación con televisión satelital. Con la llegada del internet se producen fuertes cambios en estos “nuevos temas”, pues ahora ya no pasan por las aduanas en los puertos o aeropuertos sino que llegan directamente a su destino, ya sea a empresas o a las personas naturales.

Frente a esta nueva situación, en 1994, en la Ronda Uruguay de la Organización Mundial de Comercio (OMC) se plantea que los derechos de propiedad intelectual deben ser protegidos, como por ejemplo los libros, las películas (que llegan en DVD truchos), los programas de computadoras (los paquetes con Word, Excel, Power Point), así como los servicios médicos, de ingeniería, entre otros. Se afirma que, como tienen relación con el comercio, la OMC es quien debe establecer los aranceles correspondientes.

Y debe también impulsar su protección a nivel mundial, como es el caso en el Perú con el Indecopi (Instituto para la defensa de la competencia y la Propiedad Intelectual), como su nombre bien lo indica y que proviene de los países desarrollados.

Sin embargo, hay un “nuevo tema” que queda fuera. En 1998, la Conferencia Ministerial de la OMC dice que “debe analizarse lo relacionado al comercio electrónico global”. Y agrega que, mientras no salga el informe final, “los países miembros mantendrán su práctica actual de no imponer derechos de aduana a las transmisiones electrónicas”.

36 años después, ese informe “aún no sale”. Así, en la XIII Conferencia Ministerial de la OMC del 2024 se aprobó prorrogar por dos años más la decisión de 1998. Esto quiere decir es que a las grandes empresas digitales no se les ha cobrado un arancel, como sí sucede con todos demás bienes, desde los autos hasta la refrigeradora. Todo lo cual ha abaratado el costo de los servicios digitales y ha posibilitado una enorme expansión de este negocio.

En el 2004 las ventas totales de las empresas digitales en EEUU, superarán los US$600,000 millones en los rubros de broadcast (señal abierta), streaming, cable y otros. La participación del streaming es ahora mayoritaria (40,3%, ver gráfico) y Netflix tiene el 8,4%. Un reciente informe de Netflix indica que en el II trimestre del 2024 el aumento del número de clientes fue de 8,7 millones, y ahora tienen un total de 278 millones. Estiman que este 2024 tendrán ingresos totales por US$40,000 millones y utilidades cercanas a los US$8,500 millones.

Aquí deben quedar claras varias cosas. Primero, que las empresas digitales sí pagan impuesto a la renta en su país de origen. Pero no lo hacen en la mayoría de los otros países, como en el Perú (ha habido discusiones acerca de ello, pero no se ha avanzado “pues nuestra legislación no es clara con respecto de cómo gravar a las empresas digitales no domiciliadas con el impuesto a la renta”). Segundo, no se les puede cobrar aranceles, porque así lo han acordado en la OMC.

Entonces, ¿qué han hecho los países? Básicamente dos cosas: 1) hacer que los ciudadanos paguen IGV (como ahora en el Perú). Y, segundo, han acordado con las empresas digitales que les cedan “aunque sea algo” de los ingresos. Es el caso, por ejemplo, de Francia, que desde el 2017 obtuvo la aprobación de la Comisión Europea para obtener el 2% de los ingresos de Netflix (ojo, de los ingresos de Netflix), que tendrán como destino el financiamiento subsidiado de contenidos originales franceses, a través de la Comisión de Cine, lo que incluye películas, series de TV, videojuegos y programas digitales (1). Sin embargo, aquí en el Perú recortamos los contenidos culturales nacionales.

Quizá lo más importante a destacar es que en 1998 la OMC decidió apoyar a las empresas digitales pues las consideró una “industria naciente” de la más alta importancia. Les dio un trato preferencial. No salieron adelante solo con las reglas del “libre mercado”. Han tenido enormes muletas desde 1998.

Pero a la ortodoxia neoliberal no le gusta comentar estas cosas. Si no hubiera habido apoyo tributario excepcional a Camisea, el gas aún estarían bajo tierra porque no había mercado desarrollado para pagar la inversión. Lo mismo –y en mayor escala– sucedió con la agroindustria peruana: otra sería la historia sin las grandes inversiones del Estado en las irrigaciones de los valles costeros y sin los subsidios estatales de la ley Chlimper del año 2000, así como el recorte de los derechos laborales, a la cual debe agregarse, el impulso empresarial nacional y el excelente funcionamiento del Servicio Nacional de Sanidad Agraria.

Los retos

El tema del impuesto Netflix en el Perú da para mucho. En primer lugar, porque se ha mirado el objetivo inmediato de corto plazo, que ha desembocado en recaudar más, golpeando a la clase media, lo que va a disminuir el consumo y, por tanto, el crecimiento del PBI que, este año apenas si llegará al 3%. Ah, pero claro, va a disminuir el déficit, de manera que se cumpla con la regla fiscal.

¿Por qué no se mira, más bien, a las empresas que siguen teniendo precios superaltos de las materias primas (el cobre y el oro están batiendo records) y que podrían contribuir con mayores ingresos que el impuesto Netflix? En Chile, con el gobierno de Boric, una pequeña alza del royalty minero aportó 0,5% del PBI, cerca de US$1,350 millones. Esa es una parte importante de la agenda.

Pero lo más importante es discutir la agenda digital del siglo XXI. A pesar de que han transcurrido más de 10 años, aún no se ha terminado la Red Nacional Dorsal de Fibra Óptica, para llevar la conectividad al Perú que no lo tiene, es decir, a los sectores rurales. Deben estar en la agenda temas como conectividad e inclusión digital, empresas y transformación digital productiva, comercio electrónico, el fintech y servicios digitales, habilidades digitales, gobierno digital, inteligencia artificial, entre otros.

Pero, bueno, exigirle eso a este Gobierno y este Congreso es pedirle peras al olmo.

1) Ver: https://variety.com/2017/film/global/netflix-youtube-pay-tax-on-turnover-france-new-law-1202565236/
2) Ver: https://www.hollywoodreporter.com/business/business-news/netflix-tax-law-canada-europe-1235368548/