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Elecciones

Pleno del JNE declaró infundadas dos apelaciones de Fuerza Popular para anular mesas

La máxima autoridad electoral revisó los expedientes provenientes de los JEE de Wari y Arequipa 2. Víctor Rodríguez Monteza apoyó que se declare fundada una de ellas.

Silencio. A diferencia de otros días, Keiko Fujimori ayer no se mostró ante los medios. Todos los jurados electorales rechazaron sus recursos de nulidad. Foto: Félix Contreras/La República
Silencio. A diferencia de otros días, Keiko Fujimori ayer no se mostró ante los medios. Todos los jurados electorales rechazaron sus recursos de nulidad. Foto: Félix Contreras/La República

En una audiencia pública virtual, el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundadas dos apelaciones de Fuerza Popular sobre nulidad de mesas de sufragio en el marco de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales.

En la sesión se evaluó las apelaciones presentadas contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales (JEE) de Wari, sobre la mesa de sufragio N° 001907, y de Arequipa 2, sobre la mesa N° 006129.

El magistrado Víctor Rodríguez Monteza, quien reemplaza al suspendido Luis Arce, fue el único de los cuatro integrantes que votó porque se declare fundada la primera apelación; sin embargo, la segunda fue declara infundada por unanimidad.

Asimismo, el JNE ordenó que el primero de los expedientes sea remitido al Ministerio Público para que inicie las investigaciones correspondientes.

Abogados argumentaron su postura

Previo a la votación, el abogado Julio Cesar Castiglioni, en representación de Fuerza Popular, solicitó que se declare la nulidad del acta del JEE Wari al considerar que la firma de uno de los miembros de mesa difiere en las diversas actas. Sobre la siguiente resolución solicitó lo mismo porque no se consignó la suma de los votos emitidos en esa mesa.

Por otro lado, Roy Mariño Mendoza Navarro, defensa de Perú Libre, pidió rechazar las apelaciones porque no hay motivaciones para alegar una presunta falsificación de la firma de uno de los miembros de mesa y porque la norma permite completar un acta cuando falta la suma de los votos.

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