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Economía

MEF propone fraccionar y aplicar descuentos a las deudas pendientes con Sunat

Como parte del pedido de facultades legislativas, el ministro José Arista planteará ante el Congreso un fraccionamiento especial para deudas administradas por la Sunat que constituyan ingresos del Tesoro Público exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023.

El Ministerio de Economía considera que la Administración no tiene suficientes recursos para auditar todas las deudas pendientes que tiene por cobrar. Foto: Sunat
El Ministerio de Economía considera que la Administración no tiene suficientes recursos para auditar todas las deudas pendientes que tiene por cobrar. Foto: Sunat

Como parte del pedido de facultades económicas solicitadas al Congreso de la República, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha propuesto aplicar descuentos y fraccionamientos a las deudas pendientes que mantengan los contribuyentes con el Estado peruano.

Para sustentar su proyecto, el MEF señala que, en marzo de este año, Sunat recaudó un total de S/3.536 millones, con lo cual se registró un retroceso de -10,4% en el primer trimestre frente a similar periodo del 2023, año en el que los ingresos tributarios cayeron -6,7%.

Por tal motivo, el ministro José Arista planteará ante el Congreso un fraccionamiento especial para deudas administradas por la Sunat que constituyan ingresos del Tesoro Público exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023.

"Incentivando el pago de las deudas mediante el otorgamiento de un bono de descuento en función del nivel de deuda y condicionado al cumplimiento del pago, sin incluir descuento sobre insoluto ni anticipo", señala el ministerio.

MEF expone que existe "un gran volumen de deuda que no puede ser cobrada", debido a que se encuentra pendiente de resolución en las diversas instancias del procedimiento administrativo o judicial (en especial en instancia de apelación ante el Tribunal Fiscal).

Asimismo, considera que los "recursos limitados" de la Sunat le impiden auditar a la totalidad de los contribuyentes. Por tanto, "se requiere permitir a estos [los contribuyentes] a regularizar voluntariamente su adeudo", así como la subsanación de declaración y pagos respectivos.

"En ese sentido, se propone regular el Fraccionamiento Especial para permitir el pago de las deudas administradas por la Sunat que constituyen ingresos del Tesoro Público, a través del fraccionamiento y/o aplazamiento", señala el Proyecto de Ley 7752/2023-PE.

MEF: descuento si la deuda con Sunat se paga al contado

Este Fraccionamiento Especial considera las deudas administradas por la Sunat que constituyen ingresos del Tesoro Público exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023. No incluye retenciones de ONP y EsSalud, ni tampoco aquellas deudas por retención o percepción.

"Se otorga un descuento si el pago de la deuda acogida fuese al contado en cuanto a los componentes de la deuda distintos del insoluto y anticipo", señala la iniciativa.

En el caso del pago fraccionado se otorgaría un Bono de Descuento a la deuda acogida (sobre intereses, actualización con el IPC, multas y sus respetivos intereses y actualizaciones), en función del nivel de deuda.

El plazo máximo de fraccionamiento sería entre 6 a 10 años, con una cuota inicial no menor al 5% de la deuda materia de acogimiento. La tasa de interés del fraccionamiento sería menor que la prevista para el fraccionamiento a que se refiere el artículo 36 del Código Tributario.

El fraccionamiento de deuda no aplica para todos

Se excluiría del ámbito de aplicación del Fraccionamiento Especial a los sujetos con sentencia condenatoria, consentida o ejecutoriada por delito tributario y aduanero, sujetos comprendidos en alcances de Ley N° 30737, sujetos en liquidación o proceso concursal, Sector Público Nacional (con excepción de la actividad empresarial).

Del mismo modo, se excluirá aquella deuda cuyo importe se encuentra a disposición de la Sunat, sea porque se cuenta con un pronunciamiento firme o consentido, así como porque está en ejecución un embargo o carta fianza o un mandato de pago a favor de dicha entidad.

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