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Economía

Indecopi reconoce que el Minsa impone barreras burocráticas contra farmacias independientes

Fueron 67 farmacias que denunciaron al Ministerio de Salud y a los Gobiernos regionales por exigirles certificados para fines que no tienen sustento técnico y que son costos.

problema. En farmacias de Arequipa y Tacna empieza a faltar paracetamol, medicamento clave para tratar malestares Covid.
problema. En farmacias de Arequipa y Tacna empieza a faltar paracetamol, medicamento clave para tratar malestares Covid.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) le ha dado la razón a las farmacias independientes con respecto a que el Ministerio de Salud (Minsa) y los Gobiernos Regionales imponen barreras burocráticas que no permiten que estas se desarrollen en el mercado, ha señalado que dos medidas en particular “carecen de razonabilidad”.

Fueron 67 farmacias independientes que presentaron una denuncia contra el Minsa y todos los Gobiernos Regionales debido a que se les exige certificaciones “absurdas y costosas” de acuerdo a Jorge Lazarte, representante legal de las empresas. Según Lazarte, hay más de 10.000 farmacias a nivel nacional sometidas a estos lineamiento restrictivos.

Las medidas consideradas como barreras burocráticas por carecer de sustento técnico son las siguientes:

  • La imposición de una vigencia determinada de 6 meses y 3 años del Certificado de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica, materializada en el artículo 127 del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA.
  • La exigencia de renovar periódicamente el Certificado de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica con anticipación a los 6 meses y 3 años de vigencia, materializada en el artículo 128 del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA.

“(...) Se dispone la inaplicación de las medidas declaradas carentes de razonabilidad en favor de Inversiones Nazarenas E.I.R.L. y otros denunciantes señalados en el Anexo 1 de la presente resolución. El incumplimiento del mandato de inaplicación dispuesto en la presente resolución podrá ser sancionado con una multa de hasta 20 Unidades Impositivas Tributarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto Legislativo N° 1256,” señala la resolución del Indecopi.

Por su parte, la Asociación Peruana de Farmacias (Aspefar) ha saludado la medida señalando que esto permitirá la sostenibilidad de este tipo de empresas.

“La farmacia comunitaria es el sueño de emprendedurismo de todo químico farmacéutico apasionado por el servicio sanitario. No es posible que el ente rector nos siga cortando ese sueño apasionado, aprobando leyes, decretos, manuales etc., con normas que no tienen ningún impacto en el medicamento y mucho menos en la salud pública; sin embargo generan un alto costo que se nos hace insostenible obligándonos a renunciar,” señaló la Aspefar.

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