La cadena Supermercados Peruanos (Plaza Vea) ofreció en su página web televisores y otros productos de alto valor a reducidos precios de hasta S/ 35 en la madrugada del 3 de mayo del 2021. Luego de ello, la compañía anunció que se había cometido un “error” y procedió a la cancelación unilateral de las órdenes de compra registradas por los consumidores en esa fecha.
Ante ello, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) inició un proceso de fiscalización en el cual finalmente falló a favor de Plaza Vea. Te contamos en la siguiente nota más detalles del proceso y los argumentos que dejaron a Plaza Vea sin sanción económica y sin la responsabilidad de entregar los productos vendidos a bajos precios.
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El Indecopi, a través de la Comisión de Protección al Consumidor N°3 del órgano regulador, falló a favor de Plaza Vea y desestimó el procedimiento administrativo sancionador. El organismo público consideró que el problema con los televisores en su página web “pudo ser conocible por los consumidores”.
Asimismo, la sala estuvo presidida la abogada especialista en Derecho Administrativo, Delia Angélica Morales Cuti, quien reiteró que el contexto permitía a los consumidores de Plaza Vea reconocer que se trataba de un error al momento de comprar los televisores en su página web, por lo que “no resulta exigible la entrega de los productos”.
Indecopi. Plaza Vea se arriesgaba a pagar una multa de más de S/ 2 millones por no entregar los televisores que vendió a S/ 35. Foto: composición/La República
Además, Plaza Vea tampoco recibirá ninguna sanción. De acuerdo con la resolución Nº 084-2022/CC3, la cadena de supermercados que forma parte del conglomerado Intercorp tampoco se incurrió en ninguna infracción a los artículos 19 y 46 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que establecen las obligaciones de proveedores y la integración y vinculación de la oferta, promoción y publicidad.
“La Comisión reafirma el derecho que tienen los consumidores a que se respeten los términos de la oferta. Sin embargo, también reconoce que, en el caso particular, ante un error que pudo ser advertido en alguno de sus términos, como es el precio, no puede exigirse al proveedor que cumpla con la oferta”, informó Indecopi.
Indecopi también solicitó a los proveedores asumir “mecanismos mínimos de seguridad e idoneidad” para asegurar la veracidad de datos que ponen al servicio de sus clientes. Esto con el objetivo de reducir errores y que ocasionar malestar frente al comercio electrónico.
Plaza Vea se arriesgaba a pagar una sanción de de hasta S/ 2 millones 70.000 (450 UIT) tras anular las boletas de venta de los televisores. Foto: Indecopi
El Tribunal de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi dispuso, a beneficio de la empresa Cosapi Minería, que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) no pueda supervisar o sancionarla por no cumplir con eliminar la tercerización laboral en sus actividades esenciales.
Ello se da producto de una medida cautelar ratificada en segunda y última instancia por esta ala del Indecopi; y pese a darse en la denuncia de Cosapi hacia el Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo (MTPE), aplica desde ya para todas las empresas a nivel nacional.
Conflicto. Indecopi desconoce convenios internacionales para garantizar trabajo digno. Foto: difusión