
Los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) aún tienen plazo para liberar sus fondos a través de www.consultaretiro.pe. Si bien las fechas para pedir el retiro de acuerdo al último dígito del DNI de los usuarios ya terminaron, aún queda tiempo libre: del 26 de julio al 10 de setiembre todos los aportantes de las AFP pueden solicitar hasta S/ 18.400 de sus cuentas individuales.
Recuerda que la entrega de los fondos se está dando en tres partes cada 30 días calendario desde la fecha en que se registró el pedido. Así, primero se les abonará hasta 1 UIT (S/ 4.600), el segundo desembolso también será de hasta 1 UIT (S/ 4.600) y el tercero de hasta 2 UIT (S/ 9.200).
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Según el cronograma, desde el martes 26 de julio hasta el 10 de septiembre puedes solicitar tus fondos de forma libre; es decir, ya no se considera el número de tu DNI. De este modo, todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que aún no registraron su pedido o no lo hicieron en las primeras fechas pueden realizarlo esta semana.
PUEDES VER: Retiro de AFP: ¿cómo revisar el estado de mi solicitud para el desembolso de mis fondos?
Los afiliados pueden registrar su solicitud de lunes a viernes en el horario de 8.00 a. m. hasta las 6.00 p. m., con excepción de los feriados. Recuerda que debes tener tu DNI a la mano para brindar el dígito verificador del mismo cuando inicies el proceso.
Plataforma para solicitudes de retiro de la Asociación de AFP. Foto: captura consultaretiroafp.pe
Cronograma de retiro de fondos AFP. Foto: La República
Si ya registraste tu solicitud de tus fondos AFP y deseas conocer el estado de tu pedido, sigue los siguientes pasos para mantenerte siempre informado.
Los usuarios podrán registrar su solicitud en consultaretiroafp.pe. de lunes a viernes.Foto: Andina/Asociación AFP
Por medio del proyecto de ley N° 2728/2021-CR, el congresista Jorge Luis Flores, de la bancada Acción Popular, presentó la propuesta que busca promover que los fondos de los afiliados sin herederos de las AFP sean transferidos al Estado.
De esta manera, se busca modificar los artículos 45 y 106 de la Ley N° 25897, en la que se señala que en caso que un aportante fallecido no tenga herederos declarados, los fondos serán transferidos automáticamente al Estado, la AFP liquida el saldo y transfiere el total de los fondos de ahorro del fallecido.
Se explica en el documento que con esta medida se propone que las AFP no se queden con los ahorros de sus beneficiados, ya que estos son de su propiedad. Así no se afecta el marco constitucional ni legal vigente, por el contrario, realiza modificaciones con la finalidad de reorientar el destino de los fondos.
La pensión de alimentos incluye los pagos de vivienda, vestido, educación, alimentación, salud y recreación. Foto: Andina
La rentabilidad de las AFP aún no muestra recuperación. En julio, los fondos registraron su peor mes del año, con caídas de hasta -9,69%, según el último reporte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
A detalle, sigue siendo el Fondo 1 el más perjudicado, al registrar una rentabilidad nominal anual de -9,69% y una real de -16,95%, acumulando así ocho meses consecutivos en negativo (diciembre-julio). El rendimiento a dos y tres años también presentó cifras en rojo, de -2,53% y -0,59%, respectivamente. Cabe precisar que esta cartera alberga al 4% de afiliados al Sistema Privado de Pensiones, no obstante –en su mayoría- son los más cercanos a la edad de jubilación.
Sistema. Son cuatro las AFP vigentes en el mercado local. Foto: difusión





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