
El Indecopi informó que a través de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) confirmó, en segunda y última instancia administrativa, la decisión de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) que halló responsable a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. (ENSA) por abuso de posición de dominio.
El falló obedece a que la empresa aplicó de manera injustificada condiciones desiguales (trato discriminatorio) en el mercado de suministro de energía eléctrica a usuarios regulados, con efectos en el mercado de usuarios libres.
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“En el presente caso, se verificó que Ensa ofrecía exonerar del plazo de preaviso a los clientes que decidieran continuar con dicha empresa como su suministradora. En cambio, a quienes pretendían migrar de condición y también cambiar de suministrador, no se brindaba dicho beneficio. El referido trato discriminatorio vulneró el artículo 10 del TUO del Decreto Legislativo 1034 – Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas”, señala el Indecopi.
La infracción señalada se detectó a partir de una denuncia formulada por Atria Energía S.A.C. que dio lugar al inicio de un procedimiento sancionador. Al respecto, la SDC confirmó la responsabilidad de Ensa, imponiéndole una multa de 533,21 UIT, equivalente a S/ 2 346125,58.
Finalmente, el Indecopi resaltó que esta es una decisión de la SDC, órgano resolutivo de la institución, integrado por profesionales independientes que resuelven según su conocimiento especializado y según el marco legal vigente.





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